MEDIO AMBIENTE

El maltrato animal se traduce en más de una denuncia al mes

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photo_camera La investigación de A Veiga partió del equipo del Seprona de la Guardia Civil de Ourense

Los procedimiento penales se triplicaron desde 2013, pasando de 5 casos a 17 durante 2015

Los delitos de maltrato a animales domésticos representan ya algo más de un procedimiento judicial al mes en la provincia, en consonancia con una exacrable realidad que no cesa. Por esta razón, el legislador, a través de un profunda modificación y revisión del Código Penal de 1995, agravó las penas el pasado año, contemplando hasta un año y medio de prisión.

Las denuncias incoadas en los juzgados de instrucción de Ourense pasaron de las cinco registradas en 2013 a las 25 tramitadas el siguiente año o las 17 contabilizadas en 2015. Una evolución pareja a la mayor sensibilización para dar protección jurídica a los animales. La fiscal de Medio Ambiente, Carmen Eiró, asegura que desde hace algo más de un década la protección penal de los animales "no se ha llevado a cabo solo por su valor patrimonial, cinegético o medioambiental sino también en cuanto a su vida, integridad o su bienestar puedan ser dañados o puestos en peligro". De hecho, asegura que las leyes españolas "han ido progresivamente protegiendo de forma más reforzada a los animales y a cada vez mayor número de especies y razas, pudiendo observarse en los últimos años un paulatino acercamiento de la regulación jurídico penal de los animales a la del ser humano".

Destaca la importancia de la reforma legislativa del pasado año, en tanto que se incorporan agravante específicas, parcialmente coincidentes con las previstas en los artículos 148 y 149 para las personas, bien en relación al medio empleado para maltratar, bien por la forma de cometer el maltrato o por el resultado de la lesión, incluyendo el supuesto de que el maltrato produzca la muerte.

Así, la muerte del animal queda diferenciada de la lesión, aunque formando parte del maltrato en sí mismo. Y, dentro de aquél, se contempla expresamente, por primera vez, la explotación sexual del animal.

Para Eiró es especialmente relevante, además de elevación de la cuantía de la pena de prisión, el contenido de la inhabilitación. Esta última ya no sólo para la profesión relacionada con los animales sino para su tenencia.

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