SENTENCIA

Nueve meses de prisión por ayudar a evadir dinero robado

La Audiencia dice que no es creíble recibir 1.500 euros al mes por transferir cantidades a otros países

El malagueño Carlos Herrera Cabra fue condenado por la sección segunda de la Audiencia de Ourense a nueve meses de prisión por convertirse en "mulero" en un caso de "phishing" en el que personas sin identificar sustrajeron dinero de una cuenta bancaria de un vecino de Carballiño, suplantando al banco. El inculpado ingresó en su propia cuenta el dinero obtenido de forma ilícita para después enviarlo a Ucrania, aunque desconocía que había sido robado.

La sala acepta íntegramente los argumentos del ministerio fiscal, quien acusaba a Herrera Cabra de un delito de blanqueo de capitales por imprudencia. Además, deberá abonar una multa de 2.934 euros. Por su parte, el banco renunció a ser indemnizado.

Según valora la Audiencia en un sentencia hecha pública ayer, el encausado obró con imprudencia grave al consentir la recepción de la fraudulenta transferencia de dinero. Para la sala, la "ignorancia deliberada del acusado" (aseguró desconocer el origen de la suma dinero que recibió) "propició un vía idónea para que su legítimo propietario no lo recuperase".

El acusado, según recoge el fallo, "omitió las más mínimas cautelas". A tenor de este razonamiento, de haberlas empleado, le hubieran permitido conocer el ilícito origen de la suma recibida. Dice la sala "que no resulta creíble en modo alguno que a una persona sin estudios se le ofrezca un sueldo de 1.500 euros, más comisión por operación realizada, y menos por un trabajo tan sencillo como ejecutar una transferencia". Incluso abunda la Audiencia en que la forma de contratación vía internet (la oferta de trabajo apareció en el portal de empleo Infojobs) ya tuvo que resultar sospechosa al encausado, acostumbrado a como estaba a trabajar como comercial en el campo de los seguros. "Más si se considera que se le contrataba para la realización de un trabajo de agente aduanero sin exigir ningún requisito especial en relación con el estado contratante (Ucrania)", recoge la sala.

El inculpado fue imputado en un delito de blanqueo de capitales porque en agosto de 2010 suscribió , vía internet, una oferta de trabajo realizada por una empresa que se identificaba como "oroplata-portal.com". Su labor consistía en mediar entre compradores de oro y plata en países del este por lo que recibiría diversas transferencias bancarias en una cuenta que a tal fin debía abrir, remitiendo la suma recibida posteriormente a los lugares que los "empleadores" le indicasen. A cambio, recibiría un sueldo mensual de 1.500 euros y un 10% del importe de cada remesa de dinero enviado al exterior.



Tarjetas Ukash

El acusado, sin adoptar la más mínima cautela, recibió el 2 de agosto 2.933 euros. Ese dinero procedía de la cuenta que D.C. tenía abierta en la entidad Caixa Rural Gallega de Carballiño. La operación no concluyó hasta que remitió ese dinero mediante tarjetas Ukash (se canjean después por dinero) a Ucrania.

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