La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) absolvió a una de las dos personas que fueron condenadas por la Audiencia Provincial de Ourense, en una sentencia dictada el pasado 6 de marzo, por un delito de tráfico de droga.
Los magistrados entienden que no estaba justificada la entrada y el registro de su domicilio, “lo que determina la nulidad de la diligencia por haberse vulnerado el derecho fundamental a la intimidad personal y familiar en su vertiente domiciliaria”, señalaron. Por ello, han decretado la absolución del procesado, que había sido condenado a tres años de prisión. El alto tribunal gallego rechazó el recurso de la otra persona sentenciada, a la cual la Audiencia le impuso cuatro años de prisión y el pago de una multa de 15,75 euros. Por tanto, confirmó la pena.