El TSXG insta a dos discotecas de la ciudad a efectuar varias reformas para evitar el cierre

El Tribunal Superior de Xustiza ha desestimado los recursos presentados por el Concello y dos locales contra las sentencias que suspendían las licencias de ambos establecimientos por distintas deficiencias. La discoteca y el café concierto tendrán que subsanar estas carencias detalladas en las sentencias.
El Alto Tribunal gallego ha desestimado los recursos de apelación presentados por el Concello y dos locales afectados, La Bull y Xtravaganza, contra sendas sentencias del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense en relación a la concesión de licencia de ambos establecimientos, ubicados en la calle Arturo Pérez Serantes. Uno de los fallos se refiere a una discoteca y, entre otras cuestiones, aborda la necesidad de que haya una entrada de bomberos, tapiada con rasilla para su fácil demolición impidiendo así el uso de personas ajenas. Aunque el Concello defendía que al local no le afectaba este precepto por ser de una sola planta, el tribunal considera que ‘se exige una entrada independiente por piso, por lo que si se trata de un local de planta baja se requiere al menos una entrada’. También rebate los argumentos de la empresa de que el proyecto de obra contempla dos entradas y califica de ‘absurda la conclusión de que un local con dos entradas no cumple con las exigencias del reglamento y sí las cumpliría con el tapiado de una de las puertas’.

La sentencia cuestiona también la exigencia de tres escalones entre el vestíbulo y la sala. Por todo ello, el tribunal ordena ‘la subsanación mediante la presentación de un nuevo proyecto con la correspondiente solicitud de licencia’.

Accesibilidad

En la otra sentencia, el tribunal también desestima un recurso de apelación contra otra sentencia contraria a la concesión de licencia de apertura de un café concierto en la misma calle. En este caso, se refieren sobre todo a carencias en la accesibilidad, a la falta de determinación en el proyecto de la potencia del equipo de música y del nivel sonoro de los equipos de refrigeración y de climatización, así como una inadecuada ventilación de los aseos del sótano.

Según fuentes municipales, estas sentencias suponen que ambos locales deben adaptarse a las exigencias detalladas por el tribunal en sus exposiciones y, en caso de no hacerlo, el Concello ‘se ajustaría a la legalidad’, que implicaría el cierre de los establecimientos. Los acuerdos de la junta de gobierno anulados por estos fallos judiciales datan de julio de 2003 y diciembre de 2002, respectivamente.

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