TRIBUNALES

La Xunta debe abonar en un único pago atrasos a una cuidadora

La consellería la reconocía en diciembre de 2015 una libranza para cuidados en el entorno familiar de 96,91 euros y 3.054 euros de atrasos pero con un pago diferido, en pequeñas cantidades de 381 euros anuales hasta el horizonte de 2023.

El Juzgado Contencioso Administrativo 1 de Ourense ha condenado a la Consellería de Política Social de la Xunta a abonar en un único pago, sin fraccionamiento, los atrasos adeudados a la cuidadora de una persona dependiente. La consellería la reconocía en diciembre de 2015 una libranza para cuidados en el entorno familiar de 96,91 euros y 3.054 euros de atrasos pero con un pago diferido, en pequeñas cantidades de 381 euros anuales hasta el horizonte de 2023.

La sentencia tilda de "irracional y carente de justificación" el fraccionamiento y plago aplazado hasta 2023 del pequeño importe de los atrasos adeudados por la Xunta". El juez recuerda que teniendo en cuenta la avanzada edad y enfermedad de la persona que precisa los cuidados "existe la probabilidad de que fallezca antes". De hecho, recuerda que "la finalidad de su derecho al abono de los atrasos es precisamente la de mejorar la calidad de vida de la dependiente y saldar su deuda con los que la han atendido durante el tiempo de demora de aprobación del Programa Individual de Atención (PIA)". Según razona el magistrado, el fraccionamiento y pago aplazado a ocho años aprobado en la resolución que impugna la demandante (su hija) "se frustra en la práctica ese derecho y la propia finalidad de la norma".

Asimismo, el juez alude a la "excesiva demora" de la Xunta de Galicia en la aprobación del PIA a la hora de imponerle a la Administración la condena en costas.

La misma sentencia impone un nuevo PIA teniendo en cuenta otros baremos económicos para los atraso en tanto  la dependencia se reconoció en 2012 y el PIA se aprobó a finales d 2015. 

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