El TSXG tumba un recurso y valida la proclamación de los concelleiros de Carballeda de Valdeorras

Casa Consistorial de Carballeda de Valdeorras. (Foto: Wikipedia).
photo_camera Casa Consistorial de Carballeda de Valdeorras. (Foto: Wikipedia).
El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia ha validado la proclamación de concejales electos en Carballeda de Valdeorras tras desestimar el recurso de un representante de Carballeda Renova

El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso contencioso electoral interpuesto por un representante de la agrupación de electores Carballeda Renova y ha validado la proclamación de concejales electos en el Ayuntamiento de Carballeda de Valdeorras en las pasadas elecciones municipales.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo explica en la sentencia, facilitada a los medios este lunes, que "no es competente" para pronunciarse sobre determinadas conductas por las que se presentaron denuncias ante el juzgado de guardia de O Barco de Valdeorras.

Señala que "es evidente" que "hechos contrarios por completo a la pureza que debe regir el desarrollo de un proceso electoral quedan al margen de la facultad de revisora o fiscalizadora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa", puesto que tal investigación acerca de conducta, "reprobables de ser ciertas", corresponden a la jurisdicción penal, "la cual debe dirimir si son o no constitutivas de infracción criminal".

Así pues, en la resolución, contra la que no cabe presentar recursos, los magistrados subrayan que su competencia "queda constreñida" al examen de la actuación "exclusiva de la mesa, de la Junta Electoral de Zona y de la adecuación a derecho de la decisión de la Junta Electoral Central que aquí se impugna, únicas sujetas al control de la legalidad que a la sala corresponde en materia electoral".

Es por ello que el Tribunal no se ha pronunciado sobre las irregularidades denunciadas, que presuntamente se produjeron con carácter previo a la jornada electoral o durante el desarrollo de la misma.

Entre ellas figuraban la presentación del voto por correo el mismo día del fallecimiento de una electora, la emisión de más de 60 votos depositados en la oficina de correos por personas distintas de los electores correspondientes a "ancianos ingresados en el geriátrico de Sobradelo.

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