Opinión

CLÁUSULAS SUELO Y EURÍBOR

El Tribunal Supremo acaba de ratificar la nulidad de las denominadas cláusulas suelo de Préstamos Hipotecarios que no hayan sido comunicadas con la suficiente claridad y detalle a los prestatarios. Y que, a partir de determinado nivel, han convertido en fijos préstamos variables. Con cinco efectos inmediatos. La sentencia supone, primeramente, una llamada contenida de atención a la falta de transparencia: se aplicará sin carácter retroactivo. Proporciona, en segundo lugar, un incentivo claro a la necesaria reducción de la deuda familiar, al conferir, en cada recibo, mayor peso a la amortización de capital. Consigue -en tercer tercero término- cierta correspondencia con las limitaciones a la remuneración de los depósitos. Representa -cuarto- un alivio para el medio millón de afectados que se estima pudiera verse beneficiado: atendiendo a los vértices de una hipoteca media, ahorrarán alrededor de mil euros al año. Y, por último, abre una vez más el debate sobre el posible abuso de posición a la hora de fijar precios por los servicios financieros.


El caso es que hace ya tiempo que el euríbor ha dejado de ser una referencia del coste de financiación del sector bancario en España. Su determinación obedece al resultado de un procedimiento subjetivo: lejos de calcularse en base a operaciones reales de mercado, se hace en función de las respuestas obtenidas en encuestas informativas, elaboradas por las propias entidades financieras. Es más, las operaciones de financiación entre bancos, cajas y cooperativas de crédito han llegado a reducirse hasta la mínima expresión en determinados momentos; fundamentalmente, desde que la desconfianza anidara en sus balances. En sentido complementario, un diferencial, o margen, sobre aquella referencia tampoco es, hoy, indicativo de la rentabilidad obtenida en mercados como el hipotecario, en el que los precios más habituales se presumen ajustados. Con datos de la Asociación Hipotecaria Española (AHE), a partir de tipos hipotecarios de referencia, excluidas comisiones, costes bancarios y posibles desgravaciones fiscales, se concluye que el mercado hipotecario español ha venido mostrando tipos medios inferiores a los aplicados en países como Alemania, Francia o el Reino Unido en al menos 100 puntos básicos. Y que esto ha sido así hasta junio de 2011; momento a partir del cual se advierte un cambio de tendencia que, sin duda, se intensificará en el futuro inmediato. Y que responde a una máxima bien sencilla: el coste de cada nueva financiación paga las consecuencias de los errores de las anteriores.

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