Los clientes de entidades rescatadas tendrán la opción de canjearlas, pero a precio de mercado

Los afectados por preferentes tendrán que asumir una quita

El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos. (Foto: J.J. GUILLÉN)
El Gobierno finalmente canjeará participaciones preferentes o subordinadas de las entidades que recibieron ayudas o fueron intervenidas, pero los inversores tendrán que asumir una quita, ya que el canje se hará teniendo en cuenta el valor de mercado de estos productos. Así consta en el nuevo Real Decreto Ley que ultima el ministero de Economía, que preside Luis de Guindos, sobre el sistema financiero y que se aprobará esta semana o la que viene. El nuevo texto permite al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) liquidar entidades y abordar el problema de las preferentes.
En el canje, se aplicarán las primas o descuentos que resulten conformes con la normativa de la Unión Europea de Ayudas del Estado. Para realizar la operación y acreditar el valor de mercado, la entidad solicitará la elaboración de al menos un informe de un experto independiente.

La gestión de preferentes y subordinadas se podrá hacer a través de una reducción del valor nominal de la deuda (quita), la amortización anticipada a valor distinto del nominal o con ofertas de canje por instrumentos de capital de la entidad, ya sean acciones, cuotas participativas o aportaciones al capital.

Además, se podrán realizar ofertas de recompra de los valores mediante abono directo en efectivo o condicionado a la suscripción de acciones, cuotas participativas o aportaciones al capital de la entidad o a la reinversión del precio de recompra en algún otro producto bancario.


A PRECIO DE MERCADO

Estas operaciones, que se harán siempre a precio de mercado, serán voluntarias para los inversores y tanto la reducción del valor nominal de la deuda como la amortización anticipada a valor distinto del nominal requerirán además el consentimiento previo de los inversores para la modificación de la emisión que corresponda.

En cualquier caso, el FROB respetará el orden de prelación, por lo que no fijará quitas en preferentes y deuda subordinada hasta que se las haya impuesto a los titulares de instrumentos más complicados. El orden de prelación de cobro en una entidad que se liquida es: cuentas y depósitos, cédulas, pagarés, deuda senior, deuda subordinada, preferentes, cuotas participativas y acciones.


AUDIENCIA NACIONAL

Por otra parte, los particulares que compraron participaciones preferentes a Novagalicia Banco, Bankia, Banco de Valencia y Catalunya Caixa tendrán que aceptar obligatoriamente las nuevas condiciones de esos productos y sólo podrán recurrir a la Audiencia Nacional por las pérdidas. Así se recoge en el borrador del real decreto que adaptará la legislación a las condiciones del memorando para que España reciba hasta 100.000 millones de euros para sanear la banca.

El texto establece con carácter general que los pequeños ahorradores 'no podrán reclamar de la entidad ni del FROB ningún tipo de compensación por los perjuicios que les hubiera podido causar' una actuación sobre participaciones preferentes o deuda subordinada, que además tendrán que aceptar obligatoriamente.

Las decisiones que tome el FROB sobre esos productos sólo serán recurribles ante la Audiencia Nacional.

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