El expresidente valenciano había pedido la retirada de varias expresiones que figuran en el mismo

El juez se niega a cambiar el auto sobre el juicio de Camps

Francisco Camps cuando era presidente de la Generalitat Valenciana  (Foto: AGENCIAS)
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) rechazó un recurso presentado por el expresident de la Generalitat Francisco Camps para que se modificaran algunos aspectos del auto que fija la fecha de su juicio como supuesto autor de un delito de cohecho impropio por recibir regalos de la trama Gürtel.
Camps solicitó que se excluyera del relato de los hechos justiciables la expresión 'a sabiendas de quién asumiría el pago del importe' de las prendas, y pidió que tampoco se incluyera que éstas 'fueron entregadas en Valencia, bien en sus domicilios, bien en la sede de Orange Market o en el domicilio de Álvaro Pérez'.

En un auto hecho público ayer, el magistrado presidente del jurado, Juan Climent, consideró 'improcedente' excluir estas expresiones del auto, que fijó la vista ante el jurado popular para el próximo 12 de diciembre. Climent recuerda que la frase 'a sabiendas de quién asumiría el pago del importe' está contenida en el auto de apertura del juicio oral y en los escritos de acusación, y que su supresión no fue solicitada por ninguna de las partes en la vista de cuestiones previas, el 'momento procesal oportuno para ello', según el juez.

La defensa de Camps por su parte, presentó las alegaciones a través de un recurso de reforma, un tipo de recurso que Climent estima 'improcedente' porque solo puede interponerse contra las decisiones de un juez de Instrucción. En su recurso, el abogado de Camps también solicitaba que se incluyera en el auto que el procesado mantenía una relación con Álvaro Pérez, 'El Bigotes', 'exclusivamente derivada de su intervención en los eventos' del Partido Popular de la Comunitat Valenciana, en calidad de presidente de dicho partido y 'desde un año antes a su nombramiento como president de la Generalitat'. Por ello, el magistrado Climent decidió 'inadmitir' tanto el recurso de reforma como el recurso de apelación subsidiario, que se hubiera planteado ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV si el primero hubiera sido admitido.

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