"El cambio en contratación más importante desde los 80"

Martín Godino se dirige al público (ÓSCAR PINAL)
photo_camera Martín Godino se dirige al público (ÓSCAR PINAL)
El abogado Martín Godino considera importante el diálogo, que “hace más eficaces las reformas”

El abogado laboralista Martín Godino, socio director de Sagardoy Abogados, fue el otro invitado al Foro, y aprovechó su intervención para poner en valor, dentro de esta reforma laboral, la modificación del sistema de contratación, que será “el más importante desde la aprobación del Estatuto de los Trabajadores”, producida en la década de los 80.

Destacó también la importancia del consenso entre las partes, y recordó que “el proceso de diálogo hace más eficaces a las reformas”. “El procedimiento ha sido el diálogo social, por tanto eso contribuye también a la propia asunción de la reforma como relevante pero acordada”.

De esta reforma aventuró que producirá “un cambio en la mentalidad empresarial”, dirigido a dejar atrás las contrataciones temporales, salvo por las excepciones recogidas en la normativa, para las que tendrán también que establecer con mayor certeza su organización laboral.  Su opinión es que esta normativa conseguirá su objetivo de reducir la temporalidad, algo que nace “de una demanda social evidente y también de los propios poderes europeos”. A su juicio, el mayor cambio es que “desaparece un contrato como el de obra o servicio determinado, que suponía el 40% de la contratación, y esto se tiene que notar mucho, ya veremos cómo y en qué medida”.

Explicó que ahora la temporalidad en la contratación se reserva a tres supuestos concretos: “un incremento imprevisible en la actividad, las oscilaciones en esta actividad, y desajustes entre producción y mano de obra”. También se podrán hacer contratos temporales que no superen los 90 días en el año, una modalidad que exige una planificación exigente por parte de las compañías que decidan implementarlo. “La ley obliga a hacer una previsión de donde van a poder elegir los 90 días para usar este contrato, que no son 90 días de duración de contrato, sino 90 días de calendario donde se podrá usar”, detalló. Esta modalidad de contratación está diseñada para actividades esporádicas como las campañas de rebajas.

Godino aseguró que “la suma o combinación de estos elementos ofrece un panorama de contratación temporal muy distinto del que había”, y espera que se produzca a partir de ahora  “un trasvase de los usos habituales del contrato temporal al contrato fijo discontinuo u ordinario”. Sobre el fijo discontinuo destacó que puede cambiar el modelo empresarial, ya que abre la puerta a que “la propia organización de la empresa convierta la actividad en intermitente”.

La reforma mantiene un ciclo de “cambios mucho más profundos”

Martín Godino destacó que esta reforma laboral no es la única modificación que se produjo en esta materia, y recordó que en los últimos dos meses se aprobaron múltiples  normas. “Si cogemos el Boletín Oficial del Estado (BOE) entre el 28 de diciembre y el 28 de febrero se han publicado varias normas de amplia trascendencia laboral, como la ley de modificación parcial del sistema de pensiones, el cambio en la jubilación anticipada, la ley de Presupuestos, el incremento del salario mínimo, la prórroga de los ERTEs y la ley de consolidación del empleo público”, recordó.

Esto, agregó, muestra que “el derecho laboral se ha convertido en uno de los elementos fundamentales para los gobiernos en cuanto a la aplicación de políticas sociales, el ámbito laboral es un ámbito vivo”. “Estamos asistiendo a un profundo cambio del ámbito laboral, también como continuidad a lo que se ha producido en las décadas anteriores”, subrayó.

Más allá de todos los cambios introducidos por esta normativa, el abogado laboralista la califica de “prudente y moderada”, tanto en el contenido como en las formas, ya que su aprobación llegó tras nueve meses de negociación. “Ha abordado modificaciones importantes, pero lo ha hecho sin entrar como un elefante en una cacharrería”, concluyó.

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