El TSXG acogió la vista de la apelación después de que un jurado les condenase a 36 años de cárcel

Los letrados de los acusados del doble crimen de Dornelas defienden su inocencia y piden la nulidad del juicio

Los letrados de Juan José Bértolo Ferreiro y José Ramón Rey Docampo, condenados por el doble crimen de Dornelas en Silleda (Pontevedra), defendieron en la vista de apelación celebrada en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) la inocencia de sus clientes y pidieron la nulidad del juicio, en el que un jurado popular les condenó a un total de 36 años y 9 meses de prisión.
La apelación se celebró tras el recurso planteado por los dos procesados, Juan José Bértolo Ferreiro y José Ramón Rey Docampo, que argumentan que no hay pruebas suficientes para su condena por el crimen de dos jóvenes arousanos, Víctor Manuel González y Santiago Mondragón, el 26 de mayo de 2005.

También la defensa de Carlos Montoto Sanmartín, absuelto del delito de asesinato, pero condenado por encubrimiento, se sumó al recurso, para pedir en este caso que no se le aplique la responsabilidad civil directa en el pago de indemnización.

En la vista celebrada hoy en el TSXG, los abogados de los dos acusados insistieron en la falta de pruebas ‘directas’ para condenar a sus clientes y cuestionaron también el veredicto del jurado, al considerar que carecía de ‘fundamentación’. También pusieron en duda la ‘imparcialidad’ del presidente-magistrado del tribunal que les juzgó al aludir a aspectos relativos al propio contenido de la sentencia.

‘El jurado concluyó que es autor material de los disparos sin que haya una prueba’, aseguró el abogado de Juan José Bértolo, quien argumentó que fue el otro procesado quien le entregó a su cliente el arma hallada en su taller de coches con la que se habrían cometido los disparos.

Este letrado sostuvo también que los indicios ‘se aplicaron con distinto criterio a los tres acusados’, indicó en alusión a la absolución por asesinato de Carlos Montoto y, al aludir a la falta de pruebas, citó entre otras, la ‘falta de un supuesto móvil’ o la ausencia de restos de sangre en la ropa de su defendido, un criterio que también sostuvo el abogado de José Ramón Rey.

En su intervención, este letrado afirmó que en la sentencia ‘nada se dice de que el autor de los disparos sea José Ramón Rey’ por lo que puso en duda que se le pueda condenar por asesinato y recalcó que ni el arma ni en los guantes hallados en el escenario del crimen ‘aparecen sus huellas’.

‘La única prueba para imputarlo son las propias declaraciones de Bértolo, que lo hizo para salir beneficiado’, aseguró al responsabilizar de los hechos a este acusado, al tiempo que incidió en que en el caso de su cliente ‘se vulneró la presunción de inocencia’.

En su alegato final, el abogado de Juan José Bértolo reclamó la absolución para su cliente ‘porque los indicios no pueden constituir una condena’, argumentó, mientras el letrado de José Ramón Rey demandó la nulidad del juicio ‘y en todo caso la repetición’, afirmó.

RESTOS DE ADN

El ministerio fiscal y los dos abogados de la acusación, que representan a las familias de las víctimas, rebatieron los argumentos de las otras partes. Así, el fiscal sostuvo que si no aparecieron huellas de José Ramón Rey en los guantes del escenario ‘es porque se negó a realizar la prueba de ADN’, algo que rechazó su letrado.

También se preguntó ‘a qué fueron’ los acusados al lugar donde se cometieron los hechos ‘si no sabían nada’, indicó al referirse a los asesinatos. También consideró ‘acreditada’ la presencia de Rey en ese momento por los ‘indicios’ existentes.

Así, sostuvo que hay ‘tantas pruebas incriminatorias’ como para llegar a una sentencia condenadoria, mientras que calificó de ‘lógico y congruente’ el razonamiento del magistrado en el fallo judicial y sostuvo que tampoco las defensas cuestionaron su procedimiento durante el juicio. En los mismos términos, se manifestaron los abogados de las acusaciones para quienes existen ‘muchos e indiscutibles’ indicios sobre la autoría de los hechos.

Uno de los letrados trasladó también su ‘convencimiento’ de que el tercer procesado absuelto del asesinato ‘era tan culpable como lo demás’, pero reconoció que su ‘coartada’ impidió al jurado emitir un veredicto condenatorio. A diferencia del fiscal, rechazaron que no se le aplique la responsabilidad civil directa.

HECHOS

Juan José Bértolo y José Ramón Rey, vecinos de Silleda, fueron considerados culpables por un jurado popular de los asesinatos de dos jóvenes arousanos en una apartada pista asfaltada en la parroquia de Dornelas, en Silleda (Pontevedra) el 26 de mayo de 2005.

La pena impuesta coincidió con la solicitada por el fiscal, quien reclamó una pena de 16 años y medio de prisión por cada uno de los asesinatos. A esta condena, se sumó otra de un año y nueve meses por tenencia ilícita de armas.

Según se consideró probado en el juicio, en la tarde del 26 de mayo de 2005, Juan José Bértolo y José Ramón Rey¿ trasladaron a los dos arousanos al lugar de Bascuas, en Dornelas, donde les dispararon.

Posteriormente, arrastraron sus cuerpos para ocultarlos.

Despúes, los dos acusados, junto a Carlos Montoto, regresaron al lugar de los hechos donde fueron detenidos por la Guardia Civil.

En el juicio, se apuntó como posible móvil de los asesinatos un ajuste de cuentas relativo a una deuda relativa a la compra-venta de coches.

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