El Supremo confirma la condena de diez años de cárcel a Nerea Garaizar por planificar un atentado contra Fraga

Nerea Garaizar. (Foto: Archivo)
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de diez años de cárcel que la Audiencia Nacional impuso en febrero de 2008 a la etarra Nerea Garaizar San Martín por planear el asesinato en 2001 del entonces presidente de la Xunta de Galicia, Manuel Fraga, que no llegó a producirse.
En una sentencia el alto tribunal rechaza los cinco motivos de casación que la defensa de Garaizar planteó en su recurso y considera que tanto ella como la también condenada Alicia Sáez de la Cuesta tenían ‘voluntad firme y determinación’ para ‘ejecutar el hecho delictivo propuesto’.

El abogado de Garaizar solicitó la absolución de su cliente argumentando que las únicas pruebas que pesaban en su contra eran la declaración de Sáez de la Cuesta y el hallazgo de su documento de identidad en el piso de Santiago de Compostela que ocupaba el 'comando', cuyo registro consideró nulo por la ausencia de la interesada.

‘ESPECIALIDAD DE LA SITUACION’

La resolución judicial del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado José Ramón Soriano, valida el registro por ‘la especialidad de la situación’ --se trataba de un ‘piso franco’ y se estaba investigando ‘un delito de terrorismo’-y argumentando que Garaizar no podía estar presente porque se encontraba ‘huída de la justicia’. Además, la sentencia destaca que la presencia del secretario judicial confirió ‘plenas garantías’ a esta diligencia.

Además del testimonio de Sáez de la Cuesta, el Supremo corrobora las pruebas lofoscópicas y caligráficas que demostraban que Garaizar realizó seguimientos a Fraga y en las que se basó la Audiencia Nacional para condenarla por un delito de conspiración para la comisión de atentado terrorista.

La condena contra la que la etarra recurrió en casación supuso una rebaja de cuatro años de cárcel respecto de la pena de 14 años que había solicitado el fiscal Ignacio Gordillo. Esta reducción se produjo porque la Audiencia aplicó el límite inferior correspondiente a este delito porque no llegó a consumarse.

COCHE-BOMBA CONTRA FRAGA

Con esta resolución, el Supremo corrobora la sentencia de la Audiencia Nacional, que consideró probado que Garaizar y Sáez de la Cuesta se instalaron en Santiago de Compostela en octubre de 2000 para intentar asesinar a Fraga mediante la utilización de un coche-bomba.

Las dos recabaron información acerca de ‘los horarios, recorridos, domicilio familiar, lugar de vacaciones, costumbres --como la relacionada con la asistencia a misa--, tipo de vehículo y medidas de protección y seguridad’ que tenía el entonces presidente de Galicia.

Según el tribunal, los datos que obtuvieron en los meses siguientes eran ‘suficientemente precisos para intentar matar a la personalidad escogida’, si bien el intento de homicidio ‘no se llevó a cabo’ porque las dos etarras fueron detenidas a finales de marzo de 2001, ‘antes de que encontraran el momento y lugar propicios para asegurar el éxito del crimen y su posterior impunidad’.

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