Casi 17.000 funcionarios y empleados públicos podrán optar por alguno de las tres opciones

La Xunta pone en marcha los horarios flexibles de trabajo

Sede de los servicios centrales de la Xunta, en San Caetano, Santiago. (Foto: L.M. BUGALLO)
A partir de hoy jueves -primer día laborable del año- los empleados públicos de la Xunta que así lo demanden podrán acogerse a las fórmulas de flexibilidad horaria y de teletrabajo que hasta ahora no estaban reguladas. El Diario Oficial de Galicia acaba de publicar la Orden por la que por primera vez en Galicia se regula la acreditación, la jornada y horario de trabajo, la flexibilidad horaria y el teletrabajo en el campo de la Administración autonómica.
La regulación afecta a casi 17.000 personas entre personal funcionario y estatutario, personal que presta servicio en las entidades públicas instrumentales y, en el caso del personal laboral, cuando por su naturaleza le sea de aplicación. Sólo queda excluido del ámbito de esta Orden el personal de Justicia -que ya cuenta con su propia regulación-, el personal que presta servicio en los centros docentes y el personal del Sergas, debido a sus características particulares y a la naturaleza de sus funciones.

La normativa establece distintos tipos de jornadas y horarios laborales, así como la posibilidad de flexibilizarlos adaptándolos a las necesidades del trabajador. Hasta ahora tan sólo existía un horario rígido, de 7,45 a 15,15 horas, de lunes a viernes, y sólo se permitía la flexibilidad por razones de conciliación familiar para personas con hijos menores de 12 años o mayores a su cargo.


TRES TIPOS DE HORARIO

Con la entrada en vigor de esta Orden, se establecen tres tipos de horarios, uno general, uno flexible por conciliación familiar y otro de flexibilidad automática.

Esta última modalidad es la verdaderamente novedosa en la Administración gallega, a la cual podrá acogerse cualquier empleado público. En este caso el horario constará de dos partes. Habrá una parte fija (de 9,00 a 14,30 horas) que será de presencia obligada en el puesto de trabajo. La parte flexible será de entre 7,30 a 9,00 horas de lunes a jueves y de 14,30 a 18,30 horas, de lunes a jueves, así como entre las 14.30 y las 15.30 los viernes.

De la misma forma que en el supuesto anterior, se podrá flexibilizar el horario más allá de las 18,30 horas siempre que el centro o edificio administrativo permanezca abierto, y como máximo hasta las 20,00 horas, de lunes a jueves. Para poder acogerse a esta flexibilidad automática, bastará con que el empleado público interesado comunique a la Administración su voluntad de flexibilizar su horario, a través de un modelo normalizado disponible en la intranet de la Xunta.

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