41 años de cárcel por asesinar a un preso en su permiso 122

Ourense 11/5/22
Juício en la audiencia provincial ,crimen del parricida de Las Palmas
Fotos Martiño Pinal
photo_camera Ourense 11/5/22 Juício en la audiencia provincial ,crimen del parricida de Las Palmas Fotos Martiño Pinal
El magistrado destaca que los dos inculpados urdieron un plan para quedarse con su herencia

La colaboración  de Óscar González López con la Guardia Civill para localizar el cadáver de Fernando Iglesias Espiño (63 años) en diciembre de 2018, tal como estimó probado el jurado popular que dictaminó el caso, le ha redundado menos años de cárcel  que a su compañero de banquillo, Francisco Javier González Hermida: 17 y 19 años de cárcel, respectivamente por el delito de asesinato. Penas a las que habrán de sumar tres y dos años por estafa continuada, ya que el móvil del crimen fue desvalijar la cuenta corriente de la víctima, que acababa de cobrar una herencia. En este caso, un año más para Óscar porque tenía antecedentes por otra estafa (se le aplicó la agravante de reincidencia). En total, 20 y 21 años de prisión. La fiscal pedía algo más para Óscar, pero el magistrado que presidió el jurado, Manuel Cid Manzano, tuvo en cuenta que el jurado declaró probado por unanimidad que el inculpado echó un cable a los investigadores al conducirlos hasta una finca en Senra (Piñor de Cea), en donde estaba enterrado Iglesias Espiño, el hombre al que ambos habían conocido en prisión  cuando cumplía una condena de 25 años por asesinar a su esposa e hijos en Jinamar (Gran Canaria) en 1996.

En cuanto a la indemnización, el magistrado la fijó en 25.000 euros para el hermano de la víctima, además de los 22.490 saqueados de la cuenta. La sentencia de la Audiencia, dada ayer a conocer, será recurrida por los abogados de la defensa ante el TSXG.

Los inculpados conocieron al parricida de Jinamar en la cárcel de Pereiro y entablaron amistad. De hecho, cuando salía de permiso, iba a la granja de Francisco Javier en Maside, en donde a cambio de colchón y comida realizaba trabajos esporádicos. La sentencia considera probado, tal como decidió el jurado, que urdieron un plan para acabar con la vida de Iglesias Espiño cuando supieron que “había recibido en herencia una importante cantidad de dinero” tras el fallecimiento de su madre. Los acusados aprovecharon el permiso penitenciario del perjudicado (el número 122) para matarlo en la granja entre las 11.00 y las 13.20 horas del 11 de agosto de 2018. Utilizaron, asegura el fallo, un objeto contundente para golpearle la cabeza. Posteriormente, lo trasladaron a la finca de Senra, propiedad de la familia de Francisco Javier, donde ocultaron el cuerpo, envolviéndolo en bolsas de plástico y enterrándolo en una mina de agua. 

Los acusados se apoderaron de las tarjetas de débito y prepago del muerto.  A través de retiradas de efectivo en cajeros de Vigo, Burgos o Portugal y también a través de la plataforma electrónica Hall Cash  (permite enviar dinero al teléfono móvil a través de un mensaje) se apoderaron de 22.490 euros entre el 11 y 24 de agosto.  Los jurados tuvieron en cuenta el posicionamiento de los móviles, a través del sistema de geolocalización, de la víctima y ambos inculpados el día de los hechos. 

Valoraron una agresión sufrida por el parricida días antes porque, según relató a varios conocidos, Óscar lo había confundido con un ladrón. Pero también sopesaron que uno de los procesados indicó donde estaba enterrado (aseguró que Francisco le había desvelado el sitio pero él no sabía nada del crimen) y la constatación de retirada bancaria de dinero del fallecido por parte de los condenados.

Prolija exposición

El ponente de la sentencia alaba la “ilustrativa, prolija y exhaustiva exposición realizado en juicio por un agente de la Guardia Civil  tanto con relación a la explicación visualmente gráfica (mediante dibujo acristalado en representación vertical hacia los jurados) del funcionamiento general de la red de telefonía móvil como de la concreta obtención de datos a través de las antenas repetidoras, de los terminales de los acusados y víctima que los sitúan a esas horas en la granja, en el lugar de enterramiento y ese mismo día en Vigo, lugar al que acudieron con el terminal de Iglesias Espiño, ya fallecido, a realizar la primera retirada de dinero en un cajero”. Esos posicionamientos zonales constatan que estaban juntos en ese marco horario y después nadie pudo ver con vida a Fernando. 

Los procesados fueron condenados por la coautoría en ambos delitos (conjunción de roles). No resulta factible que una única persona trasladase el cadáver al punto de enterramiento por la dificultad de acceso al lugar.

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