TRIBUNALES

Absuelta la acusada del atropello mortal en Seixalbo en 2014

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photo_camera Dolores Gómez, durante la vista oral el pasado 3 de marzo.

No quedó probado que sucediese en un paso de cebra y a velocidad excesiva.

La conductora Dolores Gómez Iglesias, acusada de homicidio imprudente tras atropellar a Oscar López (34 años) –fallecido tras el impacto–, fue absuelta por el Juzgado de lo Penal 2, cuyo titular refleja en la sentencia que no ha resultado probado que circulase a velocidad superior a la permitida ni que el atropello se produjese sobre el paso de peatones.

El accidente se produjo a las 22,05 horas del 19 de diciembre del 2014, cuando Dolores Gómez conducía un vehículo Opel Corsa por la carretera OU-105, a su paso por Seixalbo, donde la velocidad está limitada a 50 kilómetros por hora.

El ministerio fiscal solicitaba una condena de dos años y seis meses de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave, mientras que la acusación particular ejercida por los familiares del fallecido elevaban la petición de pena a cuatro años de cárcel.

El juez entiende que las diligencias practicadas durante la instrucción sirvieron para descartar que la acusada se hallase bajo la influencia de bebidas alcóholicas u otras sustancias que pudieran afectar a sus aptitudes psicológicas. Tampoco, según recoge el fallo, quedó probado que condujera mientras utilizaba el teléfono móvil en el momento del accidente.

Al excluir estas dos circunstancias, según se puede leer en la sentencia, no hay lugar para calificar los hechos ocurridos por imprudencia grave.

El fiscal y la acusación particular sostuvieron durante la vista oral, celebrada el pasado día 3 de marzo, que la conductora circulaba a una velocidad superior a la permitida y no se percató de la presencia del peatón en el paso de cebra. En este caso, el juez funda sus razonamientos en los múltiples datos de los informes de los policías locales, así como de los peritos sobre los metros en que tardó en parar el coche, la trayectoria del cuerpo del fallecido tras impactar contra el automóvil, lugar en que fue golpeado e iluminación y señalización del paso de patones.

Concluye, según recoge el fallo, que no quedó demostrado a que la conductora circulaba a más velocidad de la permitida o si el accidente sucedió en el paso de peatones. 

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