Años de pleitos por un patio de luces

Edificio de As Caldas donde hay que derribar un patio (Foto: MIGUEL ÁNGEL)
El otro edificio que arrastra un largo conflicto urbanístico es el ubicado en el antiguo número 54 de la avenida de As Caldas, en A Ponte, en el que una sentencia del Tribunal Supremo ordenaba ya en 1999 -siendo alcalde Manuel Cabezas- a demolición parcial de la parte posterior para que pueda circunscribirse un patio interior, después de que los vecinos del inmueble de la avenida de Marín número 37 hubieran denunciado la reducción de vistas y luces.
Según explicó ayer Áurea Soto, el Concello tendrá que ejecutar de oficio este derribo parcial, 'complicadísimo para non danar ós edificios colindantes', y que tendrá un coste que superará los 300.000 euros.

La concejala explicó, además, que 'tentaremos pasar os custes ó promotor deste inmoble, que non sabemos onde estará', si bien no descartó que el Concello tenga que enfrentarse a la reclamación de más indemnizaciones, como las de los propietarios de los pisos afectados -por la reducción del valor de los mismos, aunque Soto entiende que le correspondería al promotor- e incluso por parte de los vecinos denunciantes por los perjuicios sufridos durante estos años. Según avanzó, 'teríamos que executala (la sentencia) xa. Nos próximos 15 días presentarase no Concello o proxecto de demolición', a no ser que se llegara finalmente a algún acuerdo extrajudicial con los propietarios, aunque siempre si el Juzgado lo permitiese.

El promotor de este edificio solicitó licencia en 1986. A pesar de que había un informe técnico desfavorable, el servicio jurídico municipal propuso la concesión de la misma en marzo de 1987, según Soto. Un mes después, otra valoración técnica informaba desfavorablemente a la concesión de licencia pero de nuevo el servicio jurídico proponía su concesión. Finalmente, en mayo de ese año la comisión de gobierno otorgó el permiso en base al informe de la asesoría jurídica municipal, servicio que desestimó el recurso de reposición que se interpuso en aquel momento contra la concesión de la licencia.

Ya en el plano judicial, en septiembre de 1999 el Tribunal Supremo confirmaba dos sentencias anteriores que ordenaban la reposición de la legalidad, mediante la demolición de la parte sobrante del edificio. En diciembre de 2005, un auto del Tribunal Superior desestimaba la inejecución de la resolución y en enero de 2008, el mismo tribunal ordenaba cortar el suministro al edificio una vez se aprobara el proyecto de demolición. Una última decisión judicial, en febrero de 2011, instaba a continuar las actuaciones para demoler la parte correspondiente.

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