JUICIO

El caso del falso mánager de Marta Sánchez, al Constitucional

OURENSE. 20.01.2015. PENAL 1, JUICIO POR ESTAFA FOTO: MIGUEL ANGEL
photo_camera Jorge Luis Blanco

La Audiencia dice que no puede entrar a valorar las pruebas del juicio y confirma la absolución

La Audiencia provincial de Ourense desestimó el recurso de apelación presentado por la fiscal y la Asociación de Empresarios de O Couto contra la sentencia que en febrero absolvió a Jorge Luis Blanco Álvarez, quien se hizo pasar por mánager de Marta Sánchez, de los delitos de estafa y apropiación indebida. Ofertó un concierto de la conocida intérprete, cobró un anticipo pero la cantante nunca llegó a actuar porque, según sostiene ella misma, nada sabía del asunto.

Ahora bien, el colectivo empresarial que preside Julio Prol, que se considera víctima de un engaño en toda regla, está dispuesto a recurrir a las más altas instancias judiciales al considerar "indignante" la primera sentencia. Por esta razón, en O Couto queman todos los cartuchos. En este caso, acaban de anunciar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional -una vía excepcional- por vulneración de derechos fundamentales. Esta decisión se produce tras el fallo de la Audiencia provincial en la que se confirma la absolución del empresario, sin entrar en el fondo del procedimiento.

El tribunal esgrime que al tratarse de una absolución en primera instancia (el Juzgado de lo Penal 1) no puede valorar las pruebas y declaraciones del primer juicio , precisamente en las que se basa la absolución, en base a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derecho Humanos. Es por ello que la sala opta por rechazar los recursos de apelación invocando un vacío legal al no poder repetir el juicio y no poder entrar en el fondo del asunto.

El Penal absolvió a Blanco Álvarez, responsable de la empresa Doble Blanco, Creaciones e Inversiones, de los delitos de estafa y apropiación indebida de los que fue acusado por actuar como falso representante de la cantante Marta Sánchez y comprometer un concierto en la ciudad que finalmente no se celebró el día 3 de enero de 2010, aunque hubo un primer pago de 4.000 euros. La magistrada que vio el caso en primera instancia circunscribió lo ocurrido a un mero incumplimiento de contrato que debía ir encaminado hacia la vía civil.

El acusado, quien se hizo pasar por manager de la cantante ante " CCA Couto Centro", no tenía autorización expresa ni contrato firmado con la artista Marta Sánchez para contratar en su nombre la actuación en Ourense pero, según la jueza, no se llegó a probar que el no tuviera intención de contratar ese concierto, pues consta que hizo algunos trabajos con ella, sin papeles por el medio, algo que negó la cantante cuando declaró en el juicio .

Los empresario recibieron con indignación algunas de las coletillas del primer fallo judicial en las que se les recriminaba que "no sólo no actuaron con la prudencia mínima que el negocio requería, pidiendo más información o más precisa", sino que, además, les reprochaba falta de diligencia.

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