Tribunales

Un año de cárcel a un ganadero ourensano por dejar morir de hambre a 41 animales

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photo_camera Agustín M.B., el día del juicio en el Penal 1.
“Cohabitaron reses muertas y vivas en un lugar sin comida", señalaron en el juicio 

"Agustín N.B. dejó en enero de 2018 que cohabitasen cadáveres de animales con reses vivas en un espacio cerrado en el que no había agua ni comida, falleciendo finalmente todas las cabras y ovejas que estaban en el interior de la nave". En total, 41 ejemplares. Así lo considera el juez del Penal 1 que juzgó hace 10 días al ganadero, acusado de un delito continuado de maltrato animal (por omisión de cuidados) cuando regentaba una explotación en A Lama (Barbadás). Por esta razón, lo condena a 12 meses y un día de prisión así como a la prohibición de ejercer una profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales, incluida  la tenencia de los mismos.

Pese a que él atribuyó la muerte del ganado ovino a enfermedades, el juez lo desmiente. "De manera totalmente injustificada, desde enero de 2018, se despreocupó totalmente de sus reses, a las que dejó de prestar el sustento necesario para su supervivencia", asegura en la sentencia, destacando "el pleno convencimiento de que el acusado incumplió de manera deliberada e injustificada los  más elementales deberes de atención y cuidado de sus reses". Máxime cuando había recibido una ayuda de 22.000 euros de la Xunta en el año 2015 dentro de un plan para favorecer la incorporación de jóvenes a la actividad agraria. Precisamente, la orden que articula esa línea de subvenciones establece la obligación de los beneficiarios de cumplir las normas mínimas en materia de higiene y bienestar de los animales.

El juzgador opta por una condena agravada porque entiende que hubo "una conducta deliberadamente inactiva del acusado", considerando irrelevante que el fallecimiento fuese por inanición o por enfermedad (el inculpado dijo que las ovejas habían enfermado por basquilla), "pues ninguna atención dispensó a sus reses".

El encausado había explicado en la vista oral que en enero de 2018 los animales empezaron a morir poco a poco y que dejó de acudir a la nave porque esa situación le había afectado emocionalmente. Ahora bien, el juez sostiene que este abandono es equiparable a una situación de maltrato. Y ello porque incumplió la normativa "y las más elementales reglas del sentido común".

En el fallo también se hace hincapié en que no consta que hubiera tratado la basquilla en enero de 2018, "una enfermedad -recuerda  el juez- tratable, curable y para la que existen vacunas".

En la inspección realizada por el Seprona, los agentes no hallaron comederos ni bebederos "ni evidencia alguna de alimentación o agua a disposición de los animales". Además,  la puerta de la nave presentaba rigidez debido al óxido, lo que evitó que los animales pudieran salir para alimentarse en la finca. 

El magistrado también reprocha a la defensa que hubiera aportado fotos de los animales, para evidenciar que no estaban desnutridos, de noviembre de 2017 por "lo que no corresponde a los hechos enjuiciados". Y destaca la observación de uno de los veterinarios que declaró: aparecieron crotales de los animales en las haces, lo que evidencia que se llegaron a comer esos objetos por la inanición que sufrieron.

El ganadero tiene pendiente otro proceso penal por maltrato animal el 4 de marzo por no atender una explotación en Nogueira de Ramuín en abril de 2017. Dos ovejas tuvieron que ser sacrificadas porque fueron halladas en estado agonizante. 

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