Condenado por dar una patada a su padre y agredir a su hermana menor

El Juzgado de lo Penal 2 de Ourense condenó a Rubén Gayoso Alonso por dos delitos de maltrato, después que hubiese reconocido los hechos que le imputaba el Ministerio Fiscal.
El 8 de abril de 2008, el acusado fue denunciado por sus padres, con los que compartía domicilio hasta esa fecha. En el marco de la convivencia, según el escrito de acusación, "se dedicaba a insultar y amedrentar a sus progenitores y a agredir a su hermana menor, tirándole de las orejas, empujándola, dándole patadas y tortazos, y poniéndose agresivo hacia sus padres cuando éstos intentaban poner fina a dichas agresiones". Hasta que finalmente, el 8 de abril, con motivo de una discusión con su madre, el acusado propinó a su padre una patada en el estómago que le causó una contusión costal. Como consecuencia de estos hechos, el Hospital de Verín tuvo unos gastos derivados de la asistencia médica de 307 euros.

La pena impuesta por el primero de los delitos de maltrato es de siete meses de prisión, dos años de prohibición de tenencia de armas, y un año y siete mese de alejamiento de su padre; por el segundo delito, se le impone una pena de 70 días de trabajo en beneficio de la comunidad.

En otro orden de cosas, el Penal 2 acogió el juicio contra Armando F.S., a quien el fiscal imputó un delito de abandono familiar, y por el que reclamó una pena de tres meses de prisión, al entender que el imputado dejó de abonar la pensión alimentaria de 300 euros a sus dos hijos a lo largo de siete meses.

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