Dos condenados por malos tratos se enfrentan a penas de nueve meses de cárcel por volver a vivir con sus parejas

La reanudación de la convivencia con sus respectivas parejas, a las que habían agredido anteriormente por lo que ya habían sido condenados, le pueden costar a dos ourensanos nueve meses de cárcel si prospera la petición de la acusación pública. En ambos casos, según sentencia previa, no podían acercarse a ellas a una distancia inferior a 500 metros.
Dos personas condenadas por maltrato a sus respectivas parejas fueron juzgadas ayer en el Penal 1 de Ourense por sendos delitos de quebrantamiento de condena, ya que en ambos casos volvieron a reanudar la convivencia con sus compañeras a las que no podían acercarse por decisión judicial.

Javier F.A. había sido condenado en febrero de 2007 por tres delitos de maltrato a acercarse a su pareja y a las dos hijos de ésta a una distancia inferior a 500 metros, una prohibición que no acababa hasta abril de 2011. No obstante, según la versión del Ministerio Público, el acusado decidió de acuerdo con la víctima volver a vivir juntos al poco de conocerse el fallo condena torio, una circunstancia que fue corroborada por la Guardia Civil en octubre de 2007. Por estos hechos, el fiscal reclamó ayer una condena de nueve meses de cárcel.

Caso similar

La misma pena solicitó para Santiago V.A. por hechos similares. Según el escrito de acusación, el imputado no podía acercarse a su pareja a una distancia inferior a 500 metros durante seis meses tras un fallo condenatorio dictado el 13 de marzo del pasado año. Aun así, una semana des pués de dictarse el fallo judicial, comenzó a convivir con la que había sido su pareja y víctima.

Otro de los casos enjuiciados sentó en el banquillo a Miguel B.R. por supuestamente agredir a su madre con un libro en la cabeza. Aunque, según la versión del Ministerio Público, también le dio varias bofetadas y la empujó, lo que le provocó una caída. Por el delito de maltrato el fiscal reclama 20 días de trabajos en beneficio de la comunidad, prohibición de acercarse a su madre a menos de 200 metros durante un año y que se someta a tratamiento médico ya que padece una psicosis asociada al consumo de benzodiazepinas y alcohol.

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