Condenan al portero de un pub por maltratar a un cliente

El Ministerio Fiscal reclamaba para Daniel Salgado, portero del pub Vaivén en 2008, una pena de un año de cárcel por un delito de lesiones, al considerarlo autor de una agresión que desembocó en un cliente con una mandíbula rota. La sentencia judicial no considera este hecho acreditado.
El Juzgado de lo Penal número 1 de Ourense condenó a Daniel Salgado Barea por un delito mal trato de obra, a una multa de un mes a razón de 10 euros diarios, después que el Ministerio Fiscal hubiese solicitado una condena de un año de prisión por un delito de lesiones. La sentencia considera probado que el 13 de enero de 2008, cuando el condenado se encontraba trabajando como portero en el pub Vaivén, situado en la plaza del Corregi dor, acudió a los baños para intentar solventar un incidente entre clientes. Allí, tomó a B.K. sacándolo por la fuerza del establecimiento. En su propia declaración, Daniel Salgado Barea admitió que ‘empujó al denunciante, que lo agarró por un brazo y que le hizo una llave, y ello constituye un mal trato de obra’, especifica la sentencia.

Ésta, no considera acreditado que el portero del establecimiento le diese un puñetazo a B.K. ni que el segundo acusado (J.P.F.), absuelto de todas las imputaciones, participase en algún tipo de agresión. Sí quedó demostrado que a las 6.51 horas de aquel día, el denunciante fue asistido en el Sergas de una fractura de mandíbula que tardó 50 días en curar. No obstante, no se consiguió probar que esta lesión tuviese su origen en el incidente que tuvo lugar en el pub.


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