Durante 2008 se practicaron 145.533 alcoholemias, de las que 392 fueron consideradas delictivas

La instrucción de 250 denuncias cada mes por delitos del tráfico satura los juzgados penales

Imagen de una prueba de alcoholemia practicada en O Carballiño. (Foto: Martiño Pinal)
La reforma de la Ley de Seguridad Vial ha incrementado notablemente el número de asuntos tramitados en los juzgados. Durante 2008 se remitieron 392 diligencias judiciales de las 145.553 alcoholemias practicadas en la provincia.
La aplicación de la reforma de la Ley de Seguridad Vial (publicada en el Boletín Oficial del Estado del 1 de diciembre de 2007), cuya regulación contempla más delitos que antes, ha provocado hasta un 15% más de acusaciones en los juzgados de lo penal durante el pasado año. Así lo afirma el fiscal jefe de la Audiencia Provincial, Florentino Delgado, quien señala que en los juzgados ourensanos se trataron durante 2008 un total de 2.958 asuntos relacionados con la seguridad vial (cifra que satura los dos juzgados de lo penal), de los que 809 se correspondieron con diligencias urgentes (juicios rápidos) y 1.929 por lesiones.

Según datos de la Subdelegación del Gobierno, durante el año pasado se practicaron 145.553 pruebas de alcoholemia en las carreteras de la provincia. De éstas, 392 fueron remitidas como diligencias judiciales, 266 de ellas como respuesta a un control preventivo, 54 a consecuencia de infracciones y 72 por lesiones.

Durante los primeros cuatro meses de 2009 se han realizado 49.017 pruebas de alcoholemia, de las que 726 arrojaron un resultado positivo. De éstas, 493 se produjeron durante las noches y madrugadas de fines de semana y vísperas de festivo. Asimismo, las que incurrieron en delito fueron 142, cuyas diligencias fueron remitidas a los juzgados de lo penal. El resto (507) fueron denunciadas ante la Jefatura Provincial de Tráfico. Destaca que la mayoría de infrac tores por conducir bajo los efectos del alcohol durante lo que va de año son varones, con un 96,5%. Asimismo, de éstos, el mayor porcentaje se refiere a hombres de más de 40 años (46%), seguido de los conductores de entre 29 y 39 años, con un 30% de incidencia.

La conducción bajo los efectos de drogas (donde se incluye el alcohol) ha sido ampliamente estudiada por científicos y expertos en seguridad vial. La Dirección General de Tráfico participa en el programa europeo ‘Druid’ (‘Driving under influence of alcohol and drugs’), destinado a estudiar la interferencia de sustancias como el alcohol y las drogas en la conducción. En el caso ourensano, se han realizado controles durante 22 días para estudiar estos parámetros en los que se han practicado 120 pruebas. Los resultados de este muestreo, así como del resto de provincias, se pondrán en común con los realizados en 19 países de la Unión Europea, con el fin de que estos estudios sirvan de base para futuras normativas europeas para la prevención de accidentes en carretera.

LA NORMATIVA

Penas de hasta cinco años de prisión

La Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre, es la que modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial. Entró en vigor el 1 de diciembre de 2007, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado y ha sido 2008 el primer año en el que su implantación se dejó sentir de lleno en los juzgados de lo penal.

Su contenido básico persigue incrementar el control sobre el riesgo de conducir bajo los efectos del alcohol, tipificando tanto el peligro abstracto por este hecho como el perceptible desprecio por la vida de los demás. Las penas se incrementan notablemente, sobre todo en la privación del permiso de conducir (siempre por tiempo superior a un año).

Conducir con una tasa superior a 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado supone con la nueva normativa una pena de prisión de hasta seis meses y la privación del permiso de conducir de hasta cuatro años. En el caso concreto de la conducción temeraria (poniendo en riesgo la vida de otras personas), las penas de prisión oscilan entre dos y cinco años, con la privación del permiso de conducir durante un período comprendido entre seis y diez años.

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