El Ministerio Fiscal imputa a un médico cirujano del Complexo Cristal-Piñor una falta de imprudencia leve con resultado de muerte, después de que una laparoscopia realizada el 11 de junio de 1999 se viese agravada, desembocando en una infección y conduciendo, tras varios días, a la muerte del paciente. El fiscal solicita para él una pena de 120 euros de multa.
El Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense acogerá mañana la vista oral en la que se dirime la responsabilidad de José María O.T.U., médico cirujano del Cristal-Piñor, a quien el fiscal imputa una falta de imprudencia leve con resultado de muerte. El cirujano procedió a intervenir el 11 de junio de 1999 a Gerardo G.I de un adenoma suprarrenal a través de la técnica de la laparoscopia. En el transcurso de la misma, se produjo una perforación del duodeno, según el relato del Ministerio Fiscal, que obligó a abrir el abdomen para, después de quince minutos aproximadamente, suturar la perforación provocada. El denunciado, pese a conocer, según la calificación de la acusación, las molestias que el paciente presentaba en el estómago y en el abdomen durante la fase post-anestésica, omitió la práctica de pruebas de imagen y el tratamiento antibiótico. Esta conducta omisiva habría propiciado un agravamiento del paciente por la infección generalizada que sufrió y por la que tuvo que ser intervenido quirúrgicamente el día 15. La gravedad de Gerardo G.I. continuó siendo progresiva hasta que llevó a su fallecimiento, el día 23.
LA ACUSACIÓN
Multa de 120 euros
El Ministerio Fiscal entiende que procede imponer al acusado la pena de dos meses de multa a razón de 2 euros diarios. En cuanto a la responsabilidad civil, el acusado, subsidiariamente el Sergas y con carácter subrogado y directo la compañía aseguradora, deberán indemnizar a la viuda del fallecido con 130.271 euros, y con 10.856 a cada uno de sus tres hijos. Esto, al margen de lo que pueda solicitar una previsible acusación particular.
LA ACUSACIÓN
Multa de 120 euros
El Ministerio Fiscal entiende que procede imponer al acusado la pena de dos meses de multa a razón de 2 euros diarios. En cuanto a la responsabilidad civil, el acusado, subsidiariamente el Sergas y con carácter subrogado y directo la compañía aseguradora, deberán indemnizar a la viuda del fallecido con 130.271 euros, y con 10.856 a cada uno de sus tres hijos. Esto, al margen de lo que pueda solicitar una previsible acusación particular.