Tribunales

La Justicia vuelve a "sonreír" al pederasta de Ourense que abusó de la hija de su ex

El inculpado, con camiseta rosa, el día del juicio en 2017. (MARTIÑO PINAL)
photo_camera El inculpado, con camiseta rosa, el día del juicio en 2017. (MARTIÑO PINAL)

La Región repasa cómo la Justicia ha beneficiado, ahora por segunda vez, a Fidel M.C., quien ha visto su pena rebajada tras haber abusado en Ourense de la hija de su ex pareja

A Fidel M.C. el Código Penal le favoreció en Ourense, año 2017, en un caso de abusos sexuales continuados a una niña de 12 años, la hija de una expareja. Tuvo más relaciones sexuales con la hija que con la madre, con la que estuvo poco tiempo. La menor hasta llegó a creer que tenía un futuro amoroso con el inculpado. La Audiencia de Ourense dejó la pena en once años de prisión porque le aplicó una atenuante de dilaciones indebidas: la causa sufrió paralizaciones, según los jueces, de manera injustificada. En febrero de 2023, cuando el inculpado ya está cumpliendo condena, la ley, en esta ocasión la del “solo sí es sí”, le vuelve a beneficiar y le reduce en seis meses la pena impuesta que, en la primera liquidación, se extinguirá en octubre de 2029.

La revisión de este caso contó con la oposición de la Fiscalía, pero la sala entiende que no cabe hablar de delito agravado (de 10 a 15 años de cárcel con la nueva norma) porque a la hora de dictar el fallo ya se rechazó el prevalimiento de una situación de superioridad o parentesco. El acusado fue la pareja de la madre por un corto espacio de tiempo, aseguraba la sala, que ya tenía en cuenta la edad de la víctima -viciaba el consentimiento- a la hora de sentenciar.

Fidel fue condenado por realizar actos sexuales (penetración) asiduos con una menor: la horquilla se movía entre los 8 y 12 años, pero ahora ese mismo delito va de los seis a doce años.

Los hechos

Mantuvo, desde septiembre de 2011 y unos meses de 2012, relaciones sexuales con la hija de 12 años de la mujer con la que mantenía una relación sentimental. Venció la oposición de la menor en base a la ascendencia sobre la misma y su edad (41 años), diciéndole, además, que la quería, prometiéndole un futuro juntos. Y llegó a advertirla que si contaba algo se quedaría sola porque él iría a la cárcel y la progenitora la mandaría con su padre. Aunque la relación del encausado y la madre terminó en octubre de 2011,  siguió visitando la casa y en abril de 2012 se instaló incluso como inquilino (hasta finales de septiembre).

Los hechos se destaparon cuando la madre de la niña halló unas notas escritas por el inculpado dirigidas a su hija, aunque también había mensajes con declaraciones de amor enviadas a través de una red social que revelaban una relación sentimental. Estos hechos dejaron huella psicológica en la joven, que tuvo que recibir tratamiento terapéutico.

El caso llegó al Supremo, que rechazó el recurso de casación en 2018, instando a tener presente que se trataba de una víctima vulnerable. “La gravedad de este tipo de hechos provoca en una menor de edad reacciones en su inicial versión que pueden oscilar en alguna medida, o incluir matices que luego se van perfilando conforme se atreven a contar lo ocurrido”. Repara en que “no es fácil explicar con detalle actos de fuerza realizados por un adulto que convive con la madre de la víctima, y que se aprovecha de esta circunstancia para realizar actos sexuales”. Y advierte que los agresores dentro del entorno familiar y, sobre todo, parejas de sus madres, es un escenario “que se suele producir y repetir con gran frecuencia y que exigiría un mayor control que evitara estas situaciones de victimización de los menores”.

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