La Xunta de Galicia ha publicado la orden en el DOG en la que entran en vigor las restricciones con las que se pretende frenar el avance del coronavirus en Galicia. Entre ellas se encuentran la limitación de la movilidad con el cierre perimetral de los concellos o de las reuniones sociales a solo las personas convivientes salvo excepciones. Además, las actividades consideradas no esenciales deberán cerrar mínimo hasta el 17 de febrero.
¿Cuáles son las actividades que deben cerrar las próximas semanas? Las puedes consultar en el siguiente listado:
Locales de hostelería
- Restaurantes
- Bares
- Cafeterías
- Salones de banquetes
Los locales de restauración podrán prestar servicios de entrega a domicilio o para recoger en el local. Los clientes y empleados deberán mantener la distancia de seguridad establecida para evitar posibles contagios. Además, los locales de restauración de los centros sanitarios podrán mantener su actividad, pero no podrán superar el 50% de su capacidad y solo podrán ir los que acudan a ellos y si acude algún acompañante.
Además, en las áreas de servicio estos establecimientos podrán permanecer abiertos en horario nocturno para los únicos efectos de facilitar a los transportistas la alimentación necesaria y el descanso imprescindible. No podrán dispensarse bebidas alcohólicas.
En los locales hosteleros de los centros educativos, el alumnado solo podrá hacer recogida de alimentos o bebidas.
Cultura
- Cine
- Teatro
- Auditorios
- Museos
- Bibliotecas
- Salas de conferencias
- Salas polivalentes
- Salas de conciertos
Establecimientos de ocio
- Salas de fiestas
- Discotecas
- Pubs
- Cafés-espectáculo
- Furanchos
- Centros de ocio infantil
Educación
- Escuela Oficial de Idiomas
- Escuela de Arte y Superior de diseño
- Escuela superior de Conservación y Restauración de Bienes culturales
- Escuela superior de Arte Dramática
- Conservatorios de música
- Conservatorios de danza
- Escuelas de música
- Escuelas de danza
- Centros autorizados de artes plásticas y diseño
- Centros autorizados de música y danza, salvo que estén integrados en centros docentes.
Establecimientos de juego
- Casinos
- Salas de bingo
- Salas de juego
- Locales de apuestas
Establecimientos para atracciones y juegos recreativos
- Parques de atracciones y temáticos
- Parques acuáticos
- Salones recreativos
- Parques multiocio
Espectáculos públicos:
- Taurinos
- Circenses
- De feria y de exhibición
- Pirotécnicos
Actividades recreativas:
- Culturales y sociales
- Ocio y entretenimiento
- Atracciones recreativas
- Actividades de restauración
- Actividades zoológicas, botánicas y geológicas
Establecimientos abiertos al público
- Locales de espectáculos públicos
- Circos
- Plazas de toros
- Recintos feriales
Establecimientos de actividades deportivas
- Estadios
- Pabellones deportivos
- Recintos deportivos
- Piscinas de competición
- Pistas de patinaje
- Piscinas recreativas de uso colectivo
Solo podrán permanecer abiertas aquellas en las instalaciones en las que se celebren entrenamientos o competiciones de ámbito estatal. Las duchas o vestuarios se podrán utilizar solo al 30% de su aforo.
Otros
- Albergues turísticos
- Centros de Interpretación, Aulas da Natureza, casetas y puntos de información de la Rede Galega de Espazos Protexidos.
Más información útil sobre las restricciones:
- ¿Por qué motivos se puede cambiar de concello a partir de esta medianoche?
- ¿Qué establecimientos pueden abrir hasta las 21,30 horas?
- Quedar con la pareja, entre las excepciones al límite de reunión entre convivientes
- La Xunta prohíbe fumar, comer o beber en movimiento en la calle