La pena a la que serán condenados es de tres años y medio, mientras el sexto se enfrenta a una petición de cuatro por inductor

Cinco de los seis acusados de asaltar a un pizarrero admiten los hechos

Dos de los acusados, con capucha, y  a la derecha la víctima del asalto, Manuel Fernández Blanco. (Foto: Miguel Angel)
La Operación Aguja-Domus, desarrollada contra seis personas acusadas del asalto a la casa del pizarrero barquense Manuel Fernández Blanco el 18 de febrero de 2009, conoció el ayer un nuevo capítulo, aunque no el último.
Cinco de los seis acusados reconocieron en el juicio los hechos que les imputaba el fiscal, y serán condenados a una pena de tres años y medios de prisión por el delito de robo con intimidación y uso de armas. Se trata de José Manuel Fernández, Roberto Fernández, Enrique Pérez, Iván Martínez y Juan Ledo. El sexto acusado, H.P.D., que negó toda implicación, jugó según el fiscal el papel de inductor. Contra él, empleó la declaración de José Manuel Fernández, que afirmó que 'la idea de robar al empresario partió de H., que sugirió que aquél guardaba mucho dinero en casa a consecuencia de la venta de una empresa', e incluso aportó un 'plano de la vivienda'. El día de los hechos, a las 20.02, Juan Manuel Fernández telefoneó a H. para decirle, 'que el empresario todavía no había llegado a casa'. Pero esa, fue sólo una de las llamadas realizadas, porque en las actuaciones constan que entre el 18 y el 19 de febrero de 2009 se telefonearon al menos una treintena de veces. H.P.D., por su parte, negó todos los hechos. Es más, su defensa solicitó la nulidad de las actuaciones, porque éstas estarían sustentadas sobre una declaración del propio H. ante la Guardia Civil en calidad de testigo protegido, estatus que se vio modificado cuatro días después cuando el juez instructor optó por imputarlo.

El capitán de la Guardia Civil de O Barco admitió que el informe que reclamaba al juez autorización para practicar tres detenciones y otros tantos registros domiciliarios, recogía las declaraciones del testigo protegido, a pesar de existir previamente una providencia judicial que decía que cuanto había declarado H.P.D. como testigo protegido no podía utilizarse para desarrollar actuaciones posteriores que lo perjudicasen. Lo que no significa, señaló el capitán, que no existiesen otros indicios que permitiesen derivar su implicación. La defensa de H.P.D. denunció contradicciones en el Ministerio Fiscal, porque 'si hubo un pacto entre su cliente y otro de los acusados para robar, a la vez H.o no pudo actuar como inductor'.

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