Consulta las limitaciones de los concellos ourensanos según el nivel de restricciones

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Los nuevos niveles de desescalada entran en vigor a las 00,00 horas de este viernes

La Xunta publica este jueves la orden que establece los niveles de restricciones en los concellos gallegos. El documento, que entra en vigor a las 00,00 horas de este viernes, alivia las limitaciones vigentes en Ourense, Pereiro y Barbadás, que pasan al nivel básico. Con este cambio, continúan con el nivel medio-alto de medidas restrictivas los concellos de Xinzo de Limia y Ribadavia. El texto también incluye el cierre perimetral de Galicia -no se podrá entrar ni salir salvo causa justificada, pero sí desplazarse entre provincias- que entrará en vigor a partir de las 00,00 horas de este viernes, 4 de diciembre, hasta el próximo 9 de diciembre con motivo del puente de diciembre.

Esto es lo que está permitido en cada concello según el nivel de restricciones.

Nivel medio alto

Xinzo de Limia y Ribadavia continúan con el nivel medio alto de restricciones.

  • Límite de cuatro personas en reuniones en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, y privados excepto que sean convivientes.
  • Movilidad: restringida la entrada y salida de ambos municipios salvo por causa justificada
  • Hostelería: establecimientos de hostelería y restauración no pueden superar el 30% de su capacidad para consumo en el interior y al 50% en terrazas. Las ocupación máxima por mesa será de 4 personas. El horario de cierre será a las 17,00 horas.
  • Apertura de locales de juego, apuestas y casinos con un aforo máximo del 30%.
  • Academias, autoescuelas y centros de formación: 50% de aforo, con grupos máximos de 4 personas.
  • Establecimientos comerciales con el 50% de aforo

Nivel básico

En esta situación entran los concellos de Ourense, Barbadás y Pereiro.

  • Límite de reuniones de 6 personas no convivientes, tanto en espacios públicos como privados.
  • Hostelería: apertura con el 50% de su aforo en el interior del local y 75% en terrazas. La ocupación máxima será de 6 personas por mesa.
  • Movilidad: libre circulación dentro de la comunidad para desplazarse a concellos en el mismo nivel.
  • Velatorios y entierros: aforo máximo de 25 personas al aire libre y 10 personas en espacios cerrados.
  • Actividades deportivas: se permite práctica de actividad física y deportiva no federada tanto al aire libre como espacios cerrados, de forma individual o colectiva. En el caso de los grupos, el máximo será de 6 personas de forma simultánea, sin contar al monitor.
  • Academias, autoescuelas y centros de formación: 50% de aforo, con grupos máximos de 6 personas.
  • Establecimientos comerciales con el 50% de aforo

Excepciones: las reuniones podrán superar los límites de 4 o 6 personas en los siguientes casos: actividades laborales, institucionales, empresariales, profesionales, sindicales, de representación de trabajadores y administrativas, actividades en centros universitarios, educativos, de formación y ocupacionales y en el caso de la práctica del deporte federado.

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