Opinión

Crimen y castigo

Sólo posee el poder quien se inclina para recogerlo. Está al alcance de todos y basta atreverse a tomarlo”, pone Dostoyevski, al escribir su célebre novela, en boca de Raskólnikov, cuando éste confiesa a la abnegada Sonia su crimen; palabra que genera morbosa fascinación ya desde la antigua Roma, donde cada uno de los “crimina” era creado mediante una ley, junto con el tribunal y la condena.

Con el procedimiento criminal se trata de discernir para hallar la verdad; esto es, de separar al culpable del inocente. Por ello, se relaciona la palabra crimen con el verbo latino “cerneo”, conservado casi igual en español como “cerner” (= separar con el cedazo la parte fina de la gruesa; depurar acciones o pensamientos). De donde, deriva también “discriminación”, como mero acto de selección excluyente. 

Eso sí, el diccionario asocia un sentido negativo a la discriminación cuando sea para “dar trato desigual a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, de sexo, de edad, de condición física o mental, etc.” De ahí que, tanto la Carta Europea, como nuestra propia Constitución consagren la igualdad como derecho fundamental y prohíban todo tipo de discriminación basada en cualquier condición de índole personal o social.

Las medidas antidiscriminatorias están a la orden del día en todos los sectores y, en particular, en lo que atañe a las Administraciones públicas, como no podía ser menos, para dar ejemplo de cumplimiento con el mandato legal indicado. No obstante, si fuera necesaria una actitud más proactiva contra la discriminación, como así parece, corresponde entonces fomentar de igual modo su contrario; esto es, la integración.

Una gobernanza y gestión exitosas de la integración reclama que los poderes públicos consigan al menos dos objetivos: primero, garantizar a toda la ciudadanía las condiciones de disponibilidad, accesibilidad y adaptabilidad de los servicios que ofrecen; segundo, promover la diversidad del personal en cada administración concernida, para reflejar así una composición semejante a la de la población ciudadana a la que sirven.

Tales objetivos exigen tomar decisiones a diferentes niveles. En el ámbito local, la integración requiere tanto comprender las necesidades vecinales como valorar su diversidad. Además, como empleador protagonista, todo gobierno municipal debe dar ejemplo, reclutando a las personas más cualificadas, si quiere que otros empleadores comarcales lo emulen. De ahí la obligada igualdad de oportunidades para el acceso, promoción y ascenso en el empleo público.

Ambos fines se vinculan: un empleador que garantiza la igualdad y proscribe la discriminación es más atractivo para personas altamente cualificadas que, a su vez, formarán el equipo idóneo para atender necesidades de una población diversa; pues cuentan con las destrezas oportunas a la hora de prestar unos servicios que, pese a ser generales para toda la ciudadanía, pueden cubrir puntuales necesidades en sectores concretos.

“Audentes fortuna iuvat” (“la fortuna sonríe a los valientes”, Virgilio, Eneida, Libro X, v. 284). Cierto es que, al estar toda decisión al alcance de quien tenga el coraje de tomarla, a veces, la línea entre el valor y la temeridad se difumina. Solo habrá crimen y castigo si ley previa los tipifica (“nullum crimen, nulla poena sine previa lege”). “En todo esto habría materia para una nueva narración, pero la nuestra ha terminado”, finaliza el epílogo de la inmortal novela rusa.

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