Los créditos al consumo no penalizarán al ser cancelados

Los ciudadanos podrán rescindir los contratos de créditos al consumo sin penalización ni obligación de justificación, según establece el proyecto de Ley de Contratos de Crédito al Consumo, aprobado por el Consejo de Ministros.
El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, explicó que el consumidor tendrá 'derecho a desistir de un contrato, sin pena ni justificación, y sólo sometido a un arbitraje de consumo'.

La nueva Ley regula también el reembolso anticipado del crédito al cliente, indicando el importe de la compensación al prestamista por sus posibles costes, así como la posibilidad de someter al arbitraje de consumo los conflictos relacionados con estos contratos.

Las nueva regulación establece las obligaciones de los intermediarios de crédito respecto de los consumidores y se incluye un régimen sancionador por incumplimiento de la ley. Las sanciones las determinará cada Estado miembro y deberán ser efectivas, proporcionadas y disuasorias.

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