Entró en vigor el nuevo límite para los salarios inembargables

El nuevo límite de ingresos inembargables de 981 euros cuando, una vez ejecutada la hipoteca y vendido el bien, quede todavía un saldo vivo de deuda, hasta los 961 euros, así como la regla de gasto para las comunidades autónomas son de aplicación desde ayer, según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Ambas medidas está incluidas en el decreto ley aprobado por el Gobierno el pasado viernes, entre las que también figuran la línea de crédito del Instituto de Crédito Oficial (ICO) para aliviar las deudas contraídas por los ayuntamientos con autónomos y pymes y otras de impulso a la actividad empresarial.

Concretamente, si hasta ahora la cuantía inembargable se limitaba al salario mínimo interprofesional (SMI) de 642 euros más un 10% en el caso de estos deudores, poco más de 700 euros, desde mañana esa cuantía se elevará hasta el 150% de este salario, es decir, hasta los 961 euros.

Además, si existen otros miembros de la familia sin ingresos, o con ingresos inferiores al SMI, esa cuantía se eleva en un 30% adicional por cada uno de esos familiares. En el mismo decreto, también se facilita el acceso de más compradores a esa subasta, mediante la disminución de la cuantía del depósito previo, del 30% al 20%, y se eleva el límite mínimo por el que el acreedor puede adjudicarse en subasta el bien del 50% actual al 60%.

Por otro lado, el decreto modifica la Ley de Estabilidad Presupuestaria y fija un tope máximo al incremento anual del gasto del Estado y las entidades locales ligado a la evolución del PIB nacional en los cinco años anteriores, el año en curso y las previsiones de evolución para los tres años siguientes.

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