ECONOMÍA

La CE insta a España a 
recuperar parte de la 
ayuda a grandes empresas

El Gobierno español dispone de dos meses para recurrir la decisión, que es la tercera negativa sobre el régimen fiscal después de dos anteriores, en 2009 y 2011.

La Comisión Europea (CE) pidió ayer a España que recupere las ayudas concedidas a grandes empresas mediante beneficios fiscales para la adquisición indirecta de participaciones en sociedades extranjeras, ya que las considera ilegales

El portavoz comunitario de Competencia, Antoine Colombani, afirmó ayer que no puede cifrar el monto que España debe recuperar de las multinacionales o el número de empresas afectadas por la decisión, porque corresponde a las autoridades españolas proporcionar al Ejecutivo comunitario esta información.

El Gobierno español dispone de dos meses para recurrir la decisión, que es la tercera negativa sobre el régimen fiscal después de dos anteriores, en 2009 y 2011.

El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre dijo ayer que es muy difícil determinar la cuantía de la que se está hablando. Asimismo explicó que la CE les había dicho que estas compras estaban "cubiertas por el beneficio" y que hay disparidad de criterios en el seno de la Comisión.

Lo único que se sabe con certeza hasta ahora es que el Banco Santander recurrió en Luxemburgo la decisión de la CE de 2011 y que Autogrill ha hecho lo propio para oponerse al fallo de 2009, en dos casos diferentes sobre los que el Tribunal de Justicia de la UE prevé dictar su sentencia el 7 de noviembre, según las fuentes consultadas.

Régimen fiscal

El Ejecutivo comunitario ha determinado, tras una investigación en profundidad abierta en julio de 2013, que la nueva interpretación de ese régimen fiscal es incompatible con las normas sobre ayudas estatales de la Unión Europea (UE). Entre 2002 y 2012 el régimen inicial solo se aplicaba a las adquisiciones directas de participaciones en sociedades extranjeras. Pero en marzo de 2012 las autoridades españolas adoptaron una nueva interpretación que permitió, con carácter retroactivo, deducciones para la compra indirecta de acciones en compañías no residentes.

Ya en 2009 y 2011 la Comisión pidió a España que suprimiera la disposición que permite a las empresas amortizar a lo largo de 20 años el fondo de comercio financiero por la adquisición de participaciones en el extranjero. España se comprometió a no conceder más la exención, pero no derogó la disposición. Ahora, la Comisión ha determinado además que las multinacionales españolas que se han beneficiado de esta nueva interpretación no pueden tener ninguna confianza legítima en lo que respecta a su situación, por lo que todos los beneficiaros tendrán que devolver las ayudas ilegales.

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