Condenada a un año de cárcel la alcaldesa de Hernani por 'ensalzar' a los presuntos etarras de la T-4

Fotografía de archivo de Marian Beitialarrangoitia, alcaldesa de Hernani.  (Foto: Juan Herrero)
La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a un año de cárcel a la alcaldesa de Hernani, Marian Beitialarrangotia (ANV), por un delito de enaltecimiento del terrorismo, al entender que durante su participación en un mitin que se celebró en Pamplona el 12 de enero de 2008 pretendió 'ensalzar' a los presuntos etarras Igor Portu y Mattin Sarasola, a los que se atribuye el atentado contra la T-4 de Barajas en el que murieron dos ciudadanos ecuatorianos.
El tribunal, que hizo pública hoy su resolución, también condena a la regidora a siete años de inhabilitación absoluta y le absuelve del delito de injurias graves a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. La sentencia cuenta con el voto particular de la presidenta del tribunal, Angela Murillo, que entiende que 'con su discurso' la alcaldesa 'no pretendía otra cosa más que calumniar' a los policías que custodiaban a los etarras, a los que tildó de 'torturadores'.

Beitialarrangoitia, que no tendrá que dejar su cargo hasta que el Tribunal Supremo no confirme esta resolución, fue juzgada por afirmar durante un acto celebrado en Pamplona: 'Antes de nada, este ánimo, abrazo y este chaparrón de aplausos que nos habéis ofrecido, lo más caluroso posible, a Igor Portu, Mattin Sarasola y a todos los presos políticos vascos que se encuentran dispersados en las cárceles de Francia y España. ¡Os queremos!'.

Las magistradas Angela Murillo, Teresa Palacios (ponente) y Carmen Paloma González descartan que las palabras de la alcaldesa de Hernani puedan atribuirse a 'una forma de expresar unas ideas', al entender que 'superan el marco constitucional' porque su 'expresivo recordatorio' se dedicó a quienes 'en pro de la independencia del País Vasco perpetran atentados de todos conocidos y por muchos sufridos'. 'En puridad, lo que se hace sencillamente es ensalzar a ese colectivo', afirman en referencia a la organización terrorista ETA.

En este punto, la Audiencia Nacional considera acreditado que 'la finalidad' de Beitialarrangoitia 'no era otra que la de exaltar a los que, desde su prisma, están en prisión por la lucha por la independencia del País Vasco, dispersados en prisiones españolas y francesas, los que han de ser tributarios del recuerdo y cariño que les dispensó, siendo estos personas personas integrantes de ETA o relacionados con la misma'.

SIN 'HONDA PENA NI RABIA'

Durante el juicio, Beitialarrangoitia defendió que su frase, que definió como 'una expresión puntual de cariño', fue 'espontánea', derivada del 'clamor y el ambiente' del público que asistía al acto y 'movida por el sentimiento de rechazo, impotencia e indignación' que le provocaron las informaciones sobre los presuntos malos tratos sufridos por Portu y Sarasola.

Sin embargo, el tribunal destaca que 'en modo alguno se percibe' en la acusada 'honda pena, rabia o contrariedad' por la situación en que se encontraban Portu y Sarasola, sino que, 'al revés', se encontraba 'pletórica' cuando realizó estas manifestaciones. 'Digamos que casi exultante, debido en parte, hay que pensar, al buen ambiente y numerosas personas congregadas, pero también por la favorable reacción que suscitaron sus palabras', explica.

Asimismo, matiza que el delito de enaltecimiento del terrorismo no requiere que las personas ensalzadas hayan sido condenadas por integración en organización terrorista, ya que éste podría prescribir en el caso de que hubiera que esperar a la 'resolución condenatoria del enaltecido'.

También recuerda que las expresiones de Beitialarrangoitia formaban parte de 'un discurso previamente escrito' y añade que 'aprovechó esa ocasión que se le brindaba para darse a conocer por ser la primera vez que concurría políticamente'. Así, 'acudió a un tema que sabía que con la entrada que hacía a su intervención iba a acaparar la atención que buscaba', en referencia a las supuestas torturas sufridas por los etarras, y logró su objetivo, 'toda vez que inmediatamente se sucedieron los aplausos' como respuesta a sus palabras.

'DESCREDITO' DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD

La juez Murillo insiste en su voto particular en que las palabras de la alcaldesa 'no constituían más que una mera introducción meditada al discurso que más tarde iba a pronunciar', en el que pretendía provocar 'el descrédito de la Guardia Civil, la Policía Nacional y la Ertzaintza en general' aplicándoles el calificativo de 'torturadores'.

De esta forma, argumenta que Beitialarrangoitia pretendía 'obtener fuertes aplausos de los asistentes al acto, unas 4.000 personas, muchas de ellas proclives a querer difundir tan falaz idea'.

En el juicio, que se desarrolló el pasado 21 de mayo, Murillo preguntó a la alcaldesa si también habría solicitado un aplauso para un preso que hubiera sufrido malos tratos en el caso de que hubiera sido condenado por homicidio o violación. 'No sé si habría pedido el aplauso y el cariño, pero pensaría que no es justo y no se debe dar. Es un derecho que nos asiste a todos como ciudadanos. Lo defendería igualmente', dijo.

El fiscal Ignacio Gordillo elevó a definitiva su petición de un año de cárcel para Beitialarrangoitia y pidió al tribunal que dictara 'una sentencia ejemplar'. La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), por su parte, pidió dos años de cárcel, al considerar que la condición de miembros de ETA de los Portu y Sarasola 'no se puede disociar' de los eventuales malos tratos que pudieran haber sufrido.

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