PROCESO SOBERANISTA

El Gobierno aprueba hoy sus recursos a la consulta del 9-N

photo_camera Mas, el sábado con el presidente de ERC, Oriol Junqueras y la presidenta del Parlament, Nuria de Gispert (A. ESTÉVEZ)

El Consejo de Estado activa por unanimidad el dictamen para acudir al Tribunal Constitucional

El Gobierno ha puesto en marcha la maquinaría legal para recurrir ante el Tribunal Constitucional (TC) la ley de consultas catalana y el decreto de convocatoria de la consulta soberanista del 9 de noviembre, con la celebración hoy de un Consejo de Ministros extraordinario que aprobará los recursos. El jefe del Gobierno, Mariano Rajoy, presidirá ese Consejo de Ministros en el que se aprobará presentar los dos recursos ante el Tribunal Constitucional.

El Consejo de Estado se reunía ayer por la tarde en Comisión Permanente para aprobar de forma unánime el dictamen de los dos recursos. La reunión de la Comisión Permanente, que preside José Manuel Romay Becaría, comenzó a las 19,00 horas y se prolongaba durante hora y media. La sección primera del Consejo de Estado, que dirige Landelino Lavilla y a la que corresponde la redacción y el estudio del dictamen, trabajó ya el sábado, tras conocerse la firma por parte de Artur Mas del decreto de convocatoria sobre la petición revisada por el Gobierno.

Con el informe, preceptivo aunque no vinculante, el Gobierno aprobará los recursos y dará instrucciones a la Abogacía del Estado para que los presente ante el Tribunal Constitucional.



Suspensión automática

Los recursos de inconstitucionalidad que presentará la Abogacía del Estado en nombre del presidente del Gobierno incluyen la petición de suspensión de la ley, que será "automática" en el momento en el que el TC los admita a trámite.

Una vez suspendida la ley y la convocatoria de la consulta no podrá llevarse a cabo "ninguna actuación tendente a ejecutarla, a continuarla o a que surta efecto", según avisó el sábado la vicepresidenta.

Una vez que el Gobierno haya presentado los recursos en el Tribunal Constitucional, esta institución deberá decidir cuándo convoca un pleno extraordinario para debatirlo, ya que no hay ninguno ordinario previsto para la próxima semana.

El presidente del TC tiene entre sus atribuciones la convocatoria del pleno, según establece el artículo 15 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

También el Reglamento de la institución recoge, en su artículo 4, que el presidente convocará el pleno por propia iniciativa y cuando lo pidan, al menos, tres magistrados.

La convocatoria del pleno se hará con tres días de antelación, salvo que, a juicio del presidente, "la urgencia del caso no permita cumplir ese plazo", según la normativa.

A la convocatoria se acompañará el orden del día y los antecedentes que fuesen precisos para la deliberación, salvo que por la índole de los asuntos que se traten no resulte aconsejable. Según el reglamento, el tribunal en pleno quedará constituido, aunque no hubieren precedido los requisitos de la convocatoria, cuando se hallen reunidos todos los magistrados.

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