El plan del Gobierno en Navidad: cierre de las CCAA, 10 personas de dos unidades máximo y hasta la 1:30 los días grandes

El encendido de las luces de Navidad en Ourense, en la Plaza Mayor. (Foto: Xesús Fariñas)
Consulta las medidas aprobadas por el Gobierno y las comunidades autónomas para Navidad

El Gobierno y las comunidades autónomas han acordado este miércoles, en el seno de Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), las medidas propuestas por el Ministerio de Sanidad para la Navidad. El acuerdo fue apoyado por todas las comunidades salvo Madrid, que ha votado en contra, y Cataluña, que se ha abstenido. Un acuerdo que el propio Salvador Illa resumió en una frase: "En Navidad debemos quedarnos en casa". 

Límite de movilidad entre CCAA

El Gobierno ha acordado limitar la entrada y salida en las comunidades y ciudades autónomas entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021.

Excepción: se permiten los desplazamientos adecuadamente justificados que se produzcan por alguno de los motivos previstos en dicho artículo, así como para los desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o allegados del desplazado, cumpliéndose en todo momento los límites a la permanencia de grupos de personas que sean aplicables.

Máximo de 10 personas y 2 grupos de convivencia

En los días 24, 25 y 31 de diciembre se restringir los encuentros a un máximo de 10 personas en las reuniones, salvo que se trate de personas que viven en el mismo domicilio y que no se superen dos grupos de convivencia como máximo.

Toque de queda hasta la 1:30 horas

Se ha acordado fijar el toque de queda a las 1.30 horas los días 24 y 25 de diciembre, Nochebuena y Nochevieja, si bien sólo para regresar al domicilio y "nunca" para desplazarse a otros encuentros sociales.

Cabalgatas estáticas

  • Se prohíbe entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público, salvo que se garantice el cumplimiento de lo establecido en el documento de `Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en España`.
  • Se recomienda la celebración de actividades en las que se puedan garantizar el cumplimiento de las normas de higiene y prevención, tales como cabalgatas de reyes estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navideños por televisión u otras opciones telemáticas.

Prohibidos grandes eventos deportivos

El documento suprime la recomendación de realizar la maratón de `San Silvestre`, reflejada en el primer borrador, y prohíbe la celebración de los grandes eventos deportivos, aconsejando realizarlos de forma virtual.

Actividades navideñas

Las actividades navideñas tradicionales que se celebren en cines, teatros, auditorios, carpas de circo o similar se realizarán respetando el aforo previsto en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente. Cuando sea posible, se recomienda que las actividades se realicen al aire libre y siempre garantizando que se cumple la distancia de seguridad para minimizar el contacto entre los asistentes.

Ceremonias religiosas

  • En relación a las ceremonias religiosas en espacios cerrados, se podrán seguir celebrando de acuerdo a las normas de aforo establecidas en cada comunidad autónoma, si bien se aconseja evitar cánticos y utilizar música pregrabada. También se deberán evitar las muestras física de devoción o tradición.

 

  • La celebración de eventos religiosos, tales como la misa del gallo, el documento señala que "no será óbice para el cumplimiento de la regulación relativa a la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno", y se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión

Hostelería

La hostelería seguirá con las mismas normas de aforo, así como con el resto de restricciones vigentes en cada comunidad autónoma. 

Estudiantes

Se recomienda a los estudiantes que regresan a casa para las vacaciones que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención los 10 días antes, y una vez en el domicilio, limitar contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.

El documento señala que en el periodo de las navidades, las comunidades autónomas y ciudades autónomas harán efectiva la limitación de la entrada y salida en estos territorios, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados que se produzcan por alguno de los motivos previstos en dicho artículo, así como para los desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o allegados del desplazado, cumpliéndose en todo momento los límites a la permanencia de grupos de personas que sean aplicables.
 

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