El Supremo considera que exhibir fotos de etarras constituye delito

El Tribunal Supremo estableció que la exhibición de fotografías de presos de ETA supone 'un ensalzamiento de las conductas ilícitas cometidas por los condenados por delitos de terrorismo', por lo que debe calificarse como delito de enaltecimiento.
El alto tribunal lo afirmó ayer en una sentencia en la que, pese a fijar doctrina sobre este asunto, absuelve a a los cuatro responsables de la comparsa bilbaína 'Txori Barrote' por mostrar en sus 'txoznas' hasta 95 imágenes de etarras encarcelados durante la Semana Grande de Bilbao de 2008, ya que la sentencia que dictó la Audiencia Nacional sobre este asunto no identificó a quienes colocaron las fotos en las casetas.

La sentencia cuenta con el voto particular del magistrado José A. Martín Pallín, que discrepa al creer que la exhibición sin más no debería penarse en aras a la libertad de expresión. Para la mayoría de la Sala el propio fenómeno terrorista 'justifica ampliamente' el delito de enaltecimiento.


PETICIÓN DE 386 AÑOS

La Fiscalía elevó a definitiva su petición de 386 años de prisión para el presunto etarra Manex Castro Zabaleta, supuesto responsable de poner una bomba que explotó en un monte en Hernani en 2009, que estaba junto a otras dos 'bombas trampa',cuyo obejtivo según el fiscal, era 'asesinar al mayor número de agentes de la Ertzaintza que fueran tras la primera explosión.

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