Treinta meses de prisión para un profesor que abusó de 9 menores en Castellón

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a dos años y medio de prisión, inhabilitación por 12 años como maestro y multas que suman 55.800 euros a un profesor por abusar sexualmente de 9 alumnas en el colegio en el que trabajaba.
La sentencia, hecha pública hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), establece también que el profesor, Ramón F.O., deberá indemnizar a las nueve niñas con una suma global de 11.400 euros, declarando a la Generalitat valenciana como responsable civil subsidiaria.

La resolución judicial considera probado que el acusado realizó 'con ánimo libidinoso' una serie de tocamientos por encima de la ropa sobre los glúteos, piernas, pecho y entrepierna y zona genital a nueve niñas que eran alumnas suyas.

Asimismo, el profesor hizo fotografías de gran parte de estos tocamientos, unas imágenes que en parte le fueron incautadas cuando fue detenido y otras fueron entregadas por él mismo en 13 tarjetas de memoria.

Del estudio de las fotografías y de las pruebas practicadas a las madres de las menores, a las psicólogas que las atendieron tras la detención del profesor y al personal del centro, entre ellos la directora del mismo, la Audiencia considera que existen nueve delitos de abuso sexual, siete de ellos continuados.

Sin embargo la sentencia considera que 'no hay existencia del delito de pornografía infantil', por el que también se formuló acusación.

El fallo explica que las imágenes son de niñas vestidas y dentro de una clase, por lo que no considera que 'la fotografías de tocamientos a personas con ropa puedan considerarse en ningún caso material pornográfico, tanto si se refieren a menores de edad como a adultos'.

Por contra, considera que no hay duda de que los tocamientos del profesor se califiquen como abuso sexual y que se hicieron con ánimo libidinoso o con intencionalidad sexual, ya que, según el relato judicial, su 'persistencia' en ellos y su interés de dejarlos registrados fotográficamente ponen de manifiesto que los tocamientos no eran casuales'.

Los informes psicológicos sobre el procesado, que le describían como un individuo con tendencia a 'presentar la realidad distorsionada en función de la interpretación egoísta que hace de ella', son el único medio para comprender las explicaciones que dio el acusado sobre los hechos, que insistían en que las fotografías de los tocamientos eran 'fallidas y sin ánimo sexual'.

La sentencia también considera 'especialmente reprochable' el hecho de que el profesor cometiera los hechos después de que ya hubiera tenido con anterioridad problemas en otro centro y después de que se le hubiera alertado de su conducta impropia tras ser sorprendido con una alumna sentada en su regazo y haciendo fotos a otras en la zona de los glúteos a escondidas.

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