El TSXG ratifica la pena a un hombre que violó y abusó de su prima menor en Carballiño

Sede de la Audiencia Provincial de Ourense
photo_camera Sede de la Audiencia Provincial de Ourense
El acusado, un vecino de Carballiño, hará frente a una condena de once años y medio de cárcel por violar y abusar de su prima menor

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ratifica la condena de 11 años y medio para un ourensano por un delito de agresión sexual y un delito continuado de abuso sexual a la hija de su prima, cuando tenía entre 9 y 13 años. El hombre, vecino del partido judicial de Carballiño, fue condenado por la Audiencia Provincial de Ourense el pasado mes de noviembre. 

Ahora, el Alto Tribunal de Galicia confirma la sentencia, que incluye 12 años de libertad vigilada y la prohibición durante ese tiempo de acercarse a menos de 300 metros del domicilio o lugar en el que se encuentre la afectada (ahora mayor de edad), así como de comunicarse con ella.

Recurso desestimado

El TSXG desestimó el recurso presentado por la defensa del condenado, en el que aseguraba que el relato de la víctima no era “ni monocorde ni coherente”, que su versión de los hechos no fue siempre idéntica y que su denuncia obedecía a una “suerte de despecho”. Sin embargo, la sentencia del Alto Tribunal recalca que el testimonio de la perjudicada es “razonable, lógico y coherente”. Por otra parte, el fallo subraya que “ninguna ventaja o beneficio” obtuvo la joven por denunciar al condenado, “y no parece que esa pretendida venganza aflore de elemento alguno”. Respecto a las versiones de la afectada, el tribunal señala que aunque “sí introdujo nuevos elementos” en la vista judicial, está “perfectamente” justificado: “Las psicólogas forenses explicaron que en esas situaciones la propia vergüenza sufrida por la víctima impide una descripción completa de lo acontecido, y el transcurso del tiempo produce el efecto de permitir relatar esos recuerdos”. 

De los 9 a los 13 años

El TSXG, al igual que en su momento lo hizo la Audiencia Provincial, considera probado el delito de abuso continuado entre los años 2009 y 2013, cuando la perjudicada tenía entre 9 y 13 años, ya que “la acompañaba a su habitación con el pretexto de jugar a la consola, donde, con ánimo libidinoso y conocimiento de la edad de la niña, le formulaba preguntas de contenido sexual y le tocaba las nalgas y partes íntimas”. 

En la sentencia, el tribunal también ratifica el delito de agresión sexual. El 29 diciembre de 2013, cuando la víctima tenía 13 años, el condenado, que entonces tenía 28 años, la violó en su vehículo. Con la excusa de “acercarla” a su casa, la llevó en su coche y, una vez en el interior del turismo, la amenazó con una navaja -”si no haces lo que quiero, ya sabes lo que va a pasar”. Después de agredirla sexualmente, la condujo a su domicilio, y la volvió a amenazar si le decía algo a su madre (prima del condenado). 

Cabe destacar que, aunque la acusación particular reclamó en su momento 21 años y la fiscal 19, los magistrados de la Audiencia Provincial redujeron en noviembre la pena, por aplicar en ambos delitos una atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. La tramitación del caso en el juzgado mixto de Carballiño “excedió notoriamente el lapso temporal” entendible como razonable para una causa de este tipo. Se inició en marzo de 2015, y no llegó a juicio hasta el pasado octubre.

Te puede interesar