El PSOE pide diez años de inhabilitación por contratos de personal y adjudicación de obras ilegales

El alcalde de Rairiz irá a juicio en el Penal 2 por prevaricación

Xosé Xaquín Rodríguez Ambrosio, en el Pazo de Xustiza. (Foto: MARTIÑO PINAL)
Tras un largo recorrido judicial con vicisitudes procesales varias, ya que el caso fue archivado y reabierto de nuevo, el Juzgado de Instrucción de Xinzo ha dado por concluida la tramitación penal por un delito de prevaricación contra el alcalde de Rairiz de Veiga, Xosé Xaquín Rodríguez Ambrosio (PP). Este se sentará en el banquillo de los procesados probablemente el año que viene en el Juzgado de lo Penal 2 por prevaricación continuada, un delito del que está acusado por el portavoz del PSOE en ese concello, Eulogio Fernádez.
El ministerio fiscal, por su parte, no formuló escrito de acusación y reclama el archivo de la causa, discrepando con el criterio de la Audiencia provincial, órgano que hace ahora un año ordenó continuar con la instrucción 'por apreciar indicios de criminalidad en la conducta del imputado'.

A juicio del PSOE, el mandatario local de Rairiz dictó, al menos desde 2007, distintas 'resoluciones de la alcaldía con conocimiento de su ilegalidad' en materia de contratos de obra, gestión de servicios públicos y de suministros sin ajustarse al procedimiento normativo establecido. Todo ello, según consta en la documentación que obra en las diligencias, con numerosos informes de reparo y advertencias de ilegalidad formulados por la secretaria interventora.

Según se recoge en el escrito de acusación, el inculpado, en materia de subvenciones y contrataciones de personal, dictó resoluciones, vía decreto de la alcaldía, al margen del procedimiento legal establecido para ese fin. 'Tan siquiera en materia de contratación de personal laboral temporal se observó el básico principio de publicidad, a pesar de ser preceptivo', dice el letrado del PSOE. De esta forma, añade, se impidió a terceros que pudieran concurrir a esas plazas. Esta conducta se prolongó, tal como sostiene la acusación particular, a lo largo de 2008 y 2009 en la contratación del personal laboral temporal.

Por su parte, el letrado del alcalde reconoce algunas de las irregularidades de las que habla el PSOE, por infracción del procedimiento establecido, pero las circunscribe al ámbito administrativo no al penal. Alega que el acusado no tenía conocimiento objetivo de esas ilegalidades y que acordó los procedimientos 'sempre creendoos legalmente posibles'. Para ello, aduce la propia reiteración de los actos de referencia y la publicidad de los mismos.

Asegura el representante legal del alcalde que las resoluciones adoptadas y que son objeto de reproche penal por parte del PSOE 'en ningún caso derivaron en perxuicios para o propio Concello ou para terceiros'. Alega que de la conducta de Rodríguez Ambrosio no se pude inferir atisbos de connivencia entre contratados y contratantes ni beneficios o intereses propios. Detrás de las decisiones del regidor, asegura, subyacía una finalidad: 'Buscar e tutelar o interese xeral do Concello en cadanseu dos casos'.

También recuerda que se le dio publicidad a todos esos actos y que el concejal socialista nunca reclamó ni presentó recursos.

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