A juicio por echar a una trabajadora que fumaba en el trabajo en una gasolinera de Ourense

Una trabajadora de una estación de servicio de Cepsa en Ourense fue despedida de forma improcedente -y tuvo que ser readmitida- por fumar en su lugar de trabajo. Los hechos ocurrieron en octubre de 2021. La denunciante, según se relata en la sentencia, causó baja laboral el día 25 por un lumbago con ciática. Cuatro días más tarde la citaron a una reunión donde le comunicaron verbalmente que estaba despedida. Ella no lo aceptó y desde la empresa trataron de negociar. Sin embargo, no se llegó a ninguna conformidad. La empleada no aceptó las diferentes cantidades de dinero que le ofrecieron para no ir a juicio.

Finalmente, la empresa envió una misiva indicando que se le despedía por “fumar dentro de las instalaciones de la estación de servicio” y por “usar el teléfono móvil para fines personales durante el tiempo efectivo de trabajo”.  La afectada denunció entonces que la habían despedido de forma improcedente. 

En la sentencia se explica de que tanto el empresario demandando como la encargada sabían que más trabajadores fumaban en el recinto y que era una conducta tolerada. Por tanto, en el fallo se declaró que el despido había sido improcedente y se condenó a la empresa a readmitirla o a indemnizarla.

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