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El tirón del alquiler empuja un 6% el precio y llega a los 400 euros de media

Alquiler de pisos en Ourense
photo_camera Cartel de viviendas en alquiler en la ciudad de Ourense.

El sector pide seguridad jurídica para estimular el arrendamiento y así rebajar precios y que salgan al mercado 15.000 pisos vacíos

El Consejo de Ministros acaba de aprobar el real decreto-ley de medidas urgentes para estimular el arrendamiento de la vivienda y con ello "mejorar el acceso" a este derecho básico "y favorecer el alquiler asequible", según el Ministerio de Fomento. En realidad la medida trata de atajar la distorsión que existe en las grandes ciudades donde los precios no paran de subir y la oferta es escasa. Ourense se queda fuera de ese rango, pero es un hecho que el arrendamiento gana adeptos y los precios suben, sobre todo en la ciudad. 

Según datos de la Federación Gallega de Empresas Inmobiliarias (Fegein), más del 80 % de las viviendas en alquiler en estos momentos superan ya los 400 euros de renta mensual, lo que supone un incremento de un 6% en tasa interanual. El aumento es paulatino ya desde la crisis, aunque muy sostenido. 

Por ejemplo, la encuesta de condiciones de vida del Instituto Galego de Estatística revela que en el año 2007 se pagaban de media en la ciudad 310 euros mensuales y en 2016 —últimos datos disponibles en el observatorio público— el arrendamiento medio era de 328 euros.

Fegein cuantifica 650 viviendas en alquiler en Ourense, de las cuales 500 están en la ciudad con precios medios en el mercado entre 4,80 y 5,60 euros el metro cuadrado, según sea la provincia o la capital, respectivamente.

Lo que pretende el Gobierno con el nuevo decreto es impedir los abusos en los precios. En la actualidad, en la provincia hay unas 60.000 viviendas vacías, de las que 15.000 están en la ciudad, muchas de las cuales no salen al mercado por falta de seguridad jurídica. 

Benito Iglesias, presidente de Fegein, cree que el Gobiero "acierta con el diagnóstico, pero ninguna de las medidas que ha aprobado ayudará a invertir la tendencia". Su colectivo cree que no se debe intervenir en los precios "porque estamos en una economía de libre mercado".

Eso sí, cree que lo más lógico sería poner en marcha "incentivos para fomentar la incorporación de viviendas al mercado, además de garantizar la protección de arrendador y arrendatario". En esta línea, varios colectivos profesionales —incluida la propia Fegein— son partidarios de la ampliación del plazo de prórroga obligatoria de los contratos de arrendamiento de vivienda de 3 a 5 años (o 7 años si el arrendador es persona jurídica), porque otorga seguridad.


Protección


Pero, más allá de este tipo de medidas que ofrece el Gobierno o demandan los empresarios, otra fórmula podría ser el incremento de suelo destinado para vivienda protegida hasta un 4 %, duplicando así el actual. Esta es la tesis que defiende el sector en Ourense, que se complementarían con ayudas para sufragar los gastos de un seguro de caución, cubriendo los perjuicios por eventuales impagos de renta o por daños en las viviendas alquiladas a menores de 35 años. 


Las condiciones que fija el decreto: desde la prórroga hasta las garantías y fianzas


El decreto aprobado por el Gobierno permite ampliar el plazo de prórroga obligatoria de los contratos de arrendamiento de vivienda de 3 a 5 años (o 7 años si el arrendador es persona jurídica). Es decir, aumenta el plazo legal mínimo en el que el inquilino puede permanecer en la vivienda arrendada. 

  • Se incrementa el plazo de prórroga tácita de 1 a 3 años: es el plazo temporal por el que se amplía el contrato una vez transcurrido el periodo de prórroga obligatoria, en el caso de que el arrendador o el arrendatario no manifiesten su voluntad de no renovarlo. 
  • Se limitan las garantías adicionales a la fianza, hasta un máximo de dos mensualidades, salvo que se trate de contratos de larga duración. Así "se limita la carga económica que genera al inquilino la firma de un nuevo contrato, a través de un aval o depósito bancario que se suma a la cuantía de la fianza".
  • Promueve acuerdos entre el propietario y el inquilino para la renovación o mejora de la vivienda en el transcurso de un mismo contrato de arrendamiento.
  • Se establece que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato correrán a cargo del arrendador, cuando este sea persona jurídica (una sociedad o empresa), salvo aquellos gastos en los que se haya incurrido por iniciativa directa del arrendatario.
  • Se mejora y aclara la remisión de los contratos de alquiler turístico de vivienda a la normativa sectorial turística que resulte aplicable. 

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