SENTENCIA

El TSXG ordena al Concello devolver los terrenos del centro de salud de O Couto

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photo_camera Panorámica de las obras en los terrenos en litigio.

Al mismo tiempo, decreta que se devuelva todo el expediente administrativo al ente local.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en un auto notificado el lunes, declara firme la sentencia que dictó a finales de abril por la que declaraba nula la expropiación de los terrenos en donde se construye el centro de salud de O Couto, junto al nuevo edificio judicial. El alto tribunal, al no haberse presentado ningún incidente de nulidad de actuaciones que pudiera afectar a la firmeza, ordena a la administración recurrida, en este caso el Concello de Ourense, que cumpla el fallo dictado por la sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo, que declara nulo el acuerdo del jurado de expropiación de Galicia que en agosto del 2010 fijó el justiprecio. Al mismo tiempo, decreta que se devuelva todo el expediente administrativo al ente local.

La sentencia declaró nula la expropiación y, por tanto, todos los actos derivados de esa resolución, entre los que está la ocupación de la parcela B del AR-43 Os Remedios I por parte del Concello de Ourense y su cesión posterior a la Xunta para que construya el centro de salud, presupuestado en 3,2 millones de euros. Los terrenos deben volver a manos de los dos titulares registrales de la finca antes de que el Concello hubiese completado su intervención. Es decir, la titularidad vuelve a ser privada.

Según resolvió el TSXG, "la anulación de un plan urbanístico -el de 2003- en sede judicial anula todas las actuaciones expropiatorias que se deriven del plan habilitante, incluidos los expedientes para la fijación del justiprecio". Asimismo, echa por tierra la declaración de utilidad pública e interés social esgrimida para la ocupación de los bienes expropiados.

El abogado que representa los intereses de los propietarios del suelo, José Manuel García Sobrado, estudia presentar una demanda de ejecución de sentencia si la Administración local no actúa en consecuencia.

Opciones

El Concello puede plantear un incidente de inejecución de sentencia en aras del interés público de la obra, pero eso, según razona el letrado, no le exime de indemnizar a los propietarios por el valor del terreno y el tiempo de ocupación desde 2008. Además, el precio de una segunda expropiación se incrementaría con el valor de lo construido, según precisa el abogado.

Fuentes cercanas a la Administración autonómica reiteraron ayer que es ajena a este incidente, recordando que no fue parte en este proceso judicial ya que ocupó unos terrenos que le cedió el Concello para la construcción del centro. Añaden que lo previsible es que se plantee la inejecución del fallo en aras del interés público por parte de los asesores jurídicos. n
 

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