Veinticinco años de jurados: implacables con los crímenes

En una veintena de homicidios, solo hubo tres absoluciones y un juicio que tuvo que repetirse

Los juicios con tribunal popular regresan a la sala de vistas de la Audiencia tras dos años y medio sin ciudadanos jurados. Finalmente, no será el asesinato del parrricida de Jinámar (Gran Canaria) Fernando Iglesias Espiño -cuando disfrutaba de un permiso penitenciario- el primero en celebrarse este lunes. Una indisposición del  abogado de la acusación particular aplaza el enjuiciamiento. Están acusados dos colegas a los  que conoció en la cárcel de Pereiro, Óscar González López y Francisco Javier González Hermida. El móvil  que presentan las acusaciones: quedarse con una herencia que acababa de recibir el fallecido.

Precisamente, este año se cumplen las bodas de plata de la llamada justicia popular en Ourense después de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo del Tribunal del Jurado. Francisco Cordero García fue el primer inculpado juzgado con nueve ciudadanos y dos suplentes en junio de 1997.  Fue hallado culpable de matar a su excompañera sentimental en su piso de As Lagoas un año antes.

En Ourense, los delitos de sangre son los que han reunido en más ocasiones a los ciudadanos anónimos, aunque hubo más procedimientos instruidos conforme a la Ley del Jurado por incendios forestales (ahora este delito ya fue retirado de sus atribuciones) o malversación.

 En total, 63 asuntos instruidos conforme a esa ley aunque no todos llegaron a la sala de vistas por conformidades previas o incluso por la muerte del reo. El mazo de los jurados ha sido implacable en homicidios y asesinatos, con tres absoluciones en una treintena de sumarios.  La primera fue la de Fernando Rey Márquez, acusado de matar a un interno de la prisión con el que discutió el 30 junio de 1998. El jurado contempló la versión del letrado Jorge Temes: su cliente se defendió de un ataque de la víctima, Carlos Ramos, con tres puñaladas mortales. En total, nueve meses de prisión por lesiones dolosas con instrumento peligroso en concurso con homicidio imprudente. También exoneraron a Abdul Majen Wahrani, un argelino de 40 años para quien el fiscal reclamaba una condena de 12 años de prisión por apuñalar en el pulmón a Miguel Ángel González Ferreiro, alias el Guindas, el 20 de febrero del 2006.  El último veredicto de inocencia fue para la vecina de Verín Pilar Caramés, acusada por el ministerio público de matar a su recién nacido al meterlo en una secadora y para quien la fiscal pedía 18 años de prisión.

La institución del jurado suscita filias y fobias por igual. El abogado Jorge Temes es uno de sus principales defensores y es el profesional con más casos en su haber -cuatro- a uno y otro lado del proceso: representó a Rey Márquez; a uno de los cuatro acusados por el crimen del chófer de Verín en septiembre de 2011; a la familia de la mujer a la que mató Antonio Gali Balaguer, un peligroso delincuente con otros dos crímenes en su haber, y ejerció la acusación contra José Olleros Rodríguez en la muerte de un vecino de Toén tras  una noche de borrachera el 1 de junio de 2001. “Es la forma más democrática y avanzada de ejercer la justicia porque se delega la confianza en los ciudadanos”, asegura Temes. Y admite que la labor de los ciudadanos jurados, tal como les denomina la ley, no es fácil. “Aquí no es como América y su papel es más complejo porque tienen que motivar la decisión que adopten”, argumenta. Resalta de su experiencia que siempre “están muy atentos a lo que les explicas, algo que no se puede decir de todos los tribunales profesionales”. Eso sí, asegura que para los juristas exige “entrenamiento” así como un plan del abogado “para presentar a su defendido”.

En estos 25 años, consta una anulación por un error en el veredicto del jurado que obligó a repetir el juicio por orden del TSXG, el llamado asesinato de la estricnina en Castro de Escuadro (Maceda) en noviembre de 2009. Juan Carlos González Iglesias fue el abogado de José Luis Lamelas. Tumbó ese primer fallo con un recurso, aunque después su cliente, que de esta forma amarró dos años de libertad provisional, fue condenado a 17 años de cárcel con el veredicto de otro jurado diferente, pero sin tener en cuenta la declaración de un guardia civil que invalidó el primer fallo.  “He comprobado que los jurados incurren en errores que causan indefensión, no toman en consideración todas las pruebas y son susceptibles de ser influenciables”, asegura. Y comenta a modo de anécdota que supo perfectamente cuál sería el resultado en el momento en que le tocó declarar a la mujer de la víctima del envenenamiento con estricnina. “Los jurados lloraban cuando relató el sufrimiento de su marido antes de morir”. Valora que “condenaron con pruebas  indiciarias muy débiles”.

El teniente fiscal, Julián Pardinas, prefiere  los tribunales profesionales porque  -dice- “no es fácil, en ocasiones, explicar a legos en Derecho conceptos jurídicos”. Y matiza: “La Ley del Jurado está ahí, y, como no puede ser de otra manera, la acatamos, respetamos y tratamos de trabajar con ella de la mejor manera posible”.  Según su experiencia, “los jurados en Ourense han demostrado sentido común”

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