LAS COMPETENCIAS IMPROPIAS DE LOS AYUNTAMIENTOS

La FEMP acaba de celebrar una reunión para presentar alegaciones al anteproyecto de ley de racionalización y sostenibilidad de la administración local, y entre ellas incluyen las referidas a las competencias impropias, refiriéndose entre ellas a las de sanidad y educación, como si los ayuntamientos pasaran consulta médica o impartieran clases, cuando en realidad a lo que se refieren con esto es a los gastos de limpieza y mantenimiento de los colegios y los centros de salud. Pero es que esto no son competencias sino gastos, y si no tienen esto claro mal empezamos. Y para la regulación de estos gastos no es necesaria ninguna ley.
Hace muchos años que los ayuntamientos deberían haberse plantado ante las comunidades autónomas y exigir que cada uno pague sus servicios, y aunque es cierto que, sobre todo en el caso de los colegios, los edificios suelen ser de propiedad municipal ello no es excusa para que el ayuntamiento tenga que cargar con los gastos de limpieza y mantenimiento ya que, en todos los casos, están cedidos a favor de la comunidad. Para que cualquiera que lea esto lo entienda, es como si quien vive de alquiler en un piso exigiera que el propietario vaya todos los días a barrárselo. Mientras que en el caso contrario esto no se produce: cuando una comunidad autónoma cede un edificio a un ayuntamiento todos los gastos de funcionamiento, conservación y mantenimiento corren por cuenta de éste, por lo que para poner a cada uno en su sitio no hace falta una ley, sólo es necesario tener las cosas claras y la voluntad de aclarárselas a quien corresponda.

Sin embargo la regulación de competencias propias de los ayuntamientos que hace ese anteproyecto supone una mirada al pasado, recortando el actual estado del bienestar de que gozamos en la inmensa mayoría de nuestros ayuntamientos, y las voces que se oyen de oposición a esto no tienen, o al menos no lo parece, la vehemencia, intensidad y contundencia de las de oposición, por ejemplo, a la regulación de las retribuciones de los alcaldes y a los nombramientos de asesores municipales.

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