Tras analizar los estatutos, pedirá al Supremo que no autorice su registro en el Ministerio del Interior

La Fiscalía concluye que Sortu es sucesor de la ilegal Batasuna

Logotipo de Sortu del día de su presentación pública. (Foto: ARCHIVO)
El próximo once de marzo es la fecha tope que se marcó la Fiscalía General del Estado para presentar una demanda incidental ante la Sala del 61 del Tribunal Supremo, con la que pretenden instar a la no inscripción de Sortu en el Registro de Partidos Políticos.
El fiscal llega a la conclusión de que el nuevo partido de la izquierda abertzale es sucesor de la ilegalizada Batasuna 'tras realizar un análisis en profundidad de los estatutos de la nueva formación y de los informes realizados por la Guardia Civil y la Policía. 'En todo caso, y bajo la dirección de la Fiscalía, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado continúan realizando investigaciones complementarias', informó el Ministerio Público.

Los informes recibidos en la Fiscalía el pasado miércoles, que también fueron remitidos a la Abogacía General del Estado, concluyen después de analizar los estatutos, diversos documentos incautados y las circunstancias de los promotores del nuevo partido, que Sortu es un instrumento creado por Batasuna al servicio de ETA/Ekin como estrategia para poder presentarse a las próximas elecciones.

Dada la 'mucha información' con la que cuenta el Ministerio del Interior para afirmar que este nuevo partido es una continuación de Batasuna, Alfredo Pérez Rubalcaba dijo ayer que el hecho de que la formación ilegalizada trate de recurrir a un 'plan B' para estar en las próximas elecciones si Sortu es ilegalizado no es 'ninguna novedad' por lo que advirtióde que el Gobierno está 'preparado para impedirlo'.


REFORMA ELECTORAL

Además, apeló a 'las modificaciones legislativas que ha habido últimamente en el Congreso', donde 'se ha reformado la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg), justamente para prever algunas de las contingencias posibles'. Rubalcaba también ha aprovechado para aclarar la afirmación que realizó el pasado miércoles cuando afirmó su confianza en que esta tregua de ETA será la definitiva: 'Antes de esa declaración faltaba un ojalá, por lo que hay que entender esa frase como la expresión de un deseo', ha aclarado. A este respecto, ha negado posibles contradicciones entre aquella expresión y los informes de la Guardia Civil y la Policía remitidos a la Fiscalía en los que se sostiene que la banda no tiene intención de abandonar la violencia. El proceso consistirá, según la citada Ley de Partidos Políticos, en que una vez presentada la demanda, el alto tribunal emplazará al partido impugnado, que tendrá ocho días para personarse. Ya realizado el trámite, el Supremo tendrá que decidir si admite la demanda o demandas presentadas contra Sortu, sin plazo, y, de ser esta decisión positiva, dará veinte días a las partes para que presenten las correspondientes alegaciones.

Tras ello, comenzará un periodo de prueba regido por los plazos previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil, con sus consiguientes periodos de alegaciones en relación a estas pruebas que serán de veinte días consecutivos para cada una de las partes. Transcurrido el plazo de las alegaciones, la Sala de lo 61 del Tribunal Supremo tendrá veinte días para dictar su sentencia.

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