El Tribunal mantiene en prisión a Francisco Correa y a Pablo Crespo por riesgo de fuga

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) confirmó 'en su integridad' el auto del magistrado que instruye el 'caso Gürtel' en Madrid, Antonio Pedreira, por el que prorroga la prisión preventiva del cabecilla de la trama corrupta, Francisco Correa, y del ex secretario de Organización del PP gallego Pablo Crespo al persistir el riesgo de fuga.
En un auto, la Sala desestima el recurso de apelación interpuesto por el abogado de Correa, José Antonio Choclán. En otro auto, rechaza el recurso de Crespo y ratifica la decisión de prorrogar su situación de prisión preventiva. No obstante, Crespo podría abandonar la prisión si abona 600.000 euros, la fianza que le impuso Pedreira el pasado 8 de marzo. En el caso concreto de Correa, el tribunal apunta que la prisión como medida cautelar 'sigue apareciendo como proporcionada a la gravedad' de los delitos por los que está imputado y mantiene que es 'evidente la persistencia del riesgo de fuga'. En este sentido, recuerda que, según las diversas conversaciones telefónicas 'cuya licitud fue expresamente declarada por la Sala', se constató que Correa 'mostró una predecible intención de ubicar su residencia en el extranjero, efectuando diversas inversiones inmobiliarias en Colombia y actividades en Panamá'.

También señala que se le localizaron activos superiores a 17 millones de euros en Suiza y otros en Estados Unidos. Asimismo, añade que Correa aparece como 'el principal responsable de la red de corrupción objeto de la investigación, no mereciendo un trato igual al de otros responsables imputados en la causa, por lo que no hay discriminación alguna al respecto'.

De este modo, concluye que subsisten en este momento 'las circunstancias que ya antes la llevaron a mantener la improcedencia de la petición de libertad provisional'.

Respecto a Crespo, la Sala recalca que sigue estimando que subsisten las causas por las que en su día se acordó la medida cautelar de prisión preventiva. En este sentido, indica que es la máxima persona de confianza del principal imputado en las actuaciones, siendo 'las infracciones que se le imputan plurales y de notable gravedad penal'.

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