El juez autoriza la visita de técnicos al Pazo de Meirás

La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en la que desestimó el recurso de la familia Franco contra la resolución de la Consellería de Cultura, de agosto del año 2007, por la que se comunicaba la visita pública al Pazo de Meirás, el día 30 de ese mes, para proceder a una inspección.
En su fallo, el Tribunal Supremo rechaza los argumentos esgrimidos por la familia Franco contra la sentencia de septiembre del año 2009 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. En ella, se desestimaron sus alegatos en relación al acuerdo de la Dirección Xeral de Patrimonio Cultural, de agosto de 2007, por el que se comunicaba a la familia Franco que un equipo de técnicos acudiría al Pazo de Meirás 'para comprobar el estado de la edificación y su entorno a efectos de constatar cuál es su nivel de conservación, así como poder realizar un reportaje fotográfico completo'.

El Tribunal Supremo recuerda que en su día ya se acordó la suspensión de la realización del reportaje fotográfico, pero señala que 'no hay lugar al recurso de casación' interpuesto por la familia Franco contra la sentencia del alto tribunal gallego que le obligaba a permitir la entrada a los técnicos para comprobar el estado del Pazo. Esta sentencia se hace pública casi un año después del comienzo de las visitas al Pazo de Meirás en Sada (A Coruña), tras su declaración como Bien de Interés Cultural (BIC), aunque con un límite de días y con su cierre al público en agosto.

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