La demora en un caso de maltrato le rebaja la pena

La dilación indebida en la tramitación del procedimiento judicial seguido en un caso de maltrato, que se remonta ya al año 2006, le ha valido a un inculpado una sustancial rebaja de la pena.
El Juzgado de lo Penal, conforme al acuerdo previo alcanzado entre el abogado defensor del encausado y el representante del Ministerio Fiscal, condenó a Marcos González Quintela a una pena de seis meses de cárcel, privación del derecho a portar armas durante cuatro años y la prohibición de acercarse a la víctima durante seis años (a una distancia de 500 no inferior a 500 metros), además de 30 días de trabajos en en beneficio de la comunidad.

El asunto, sin complejidad procesal e instruido en el Juzgado de Violencia Doméstica de Ourense, se remonta a hace cinco años. Según recoge el fallo judicial, el acusado propinó un puñetazo en el ojo a su compañera sentimental el 24 de marzo de 2006. Posteriormente, el 16 de diciembre, le tuvo la espera a salida de un 'pub', golpeándole ligeramente las piernas con el vehículo, y forzándola a ir con él hasta un piso de la ciudad y seguidamente a la casa de Cudeiro, donde cerró las puertas con llave y la obligó a permanecer en su compañía durante unas horas. El fallo judicial recoge que durante los últimos seis meses de relación, fueron diversas las ocasiones en las que el acusado agredió a la joven mediante bofetadas, puñetazos así como verbalmente con manifestaciones tales como que la iba a dejar en silla de ruedas, rajarle la cara o mandar a alguien para matarla si ella lo abandonaba.

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