La demora en celebrar un juicio rebaja la pena por tráfico de drogas

La Audiencia ha condenado a José Manuel López González a un dos años de prisión y multa de 4.141 euros por un delito de tráfico de drogas mientras que absuelve de ese delito a sus compañeros de banquillo -María Belén Rodríguez, Manuel Mosquera y Pilar Silva-, a quienes el ahora penado había incriminado en la venta de cocaína a través de un bar de la avenida de Portugal.
El fallo le reduce la pena a dos años en base dos atenuantes: la drogadicción del inculpado y las dilaciones indebidas ya que el proceso penal, con una instrucción sencilla que comenzó en junio de 2009, no llegó a juicio hasta este mismo mes. 'No revistiendo la causa especial complejidad no resulta justificable la demora de más de tres años en llegar a la fase de enjuiciamiento, existiendo además un periodo de paralización no atribuible a la dificultad de la instrucción', aseguran los magistrados.

El fallo tiene en cuenta para la condena que el inculpado fue sorprendido el día de su detención con 27 envoltorios de cocaína (16,6 gramos). En un comercio de su propiedad, aparecieron otros 32,8 gramos, así como recortes plásticos.

El fallo razona que de las escuchas telefónicas realizadas por la policía no cabe inferir que los otros tres acusados se dedicaran al tráfico de drogas

Al mismo tiempo, rechaza la atenuante de colaboración con la justicia del único condenado porque 'el reconocimiento de la misma se efectúa una vez que resulta sorprendido', rechazando que el testimonio aportado tuviera relevancia para la investigación, si bien a la hora de individualizar la pena la Audiencia tiene en cuenta su actitud.

Te puede interesar