El jefe de “Las 5 jotas”, muchos fraudes y pocos años de condena

photo_camera José Manuel Costas Estévez, en el juicio que tuvo en 2019 en Ourense.
El empresario vigués José Manuel Costas afronta la última causa pendiente por fraude al fisco y falsedad en documento mercantil en relación a la trama ourensana de “Las 5 jotas”.

La trama para defraudar al fisco ideada por el vigués José Manuel Costas Estévez (54 años) al frente del grupo empresarial de “Las 5 Jotas” algún día no muy lejano se estudiará en las facultades de Derecho de todo el país o en algún seminario especializado sobre como el Código Penal puede ser tremendamente generoso si  el riesgo es contenido. Para los chascarrillos del café quedará otro tema: hay delincuentes que nacen de pie. 

El famoso empresario que antes de estafador comenzó siendo carpintero, aunque no se ha librado de la cárcel por sus múltiples delitos contra la Hacienda Pública, no ha salido mal parado de una carrera delictiva contrarreloj que comenzó a comienzos de este siglo. Las decenas de sentencias en su contra que ha ido acumulando estos años -la intrahistoria judicial lo ha aupado como el artífice del mayor fraude cometido en Galicia- han quedado reducidas a seis años de cárcel por obra y gracia de la refundición de condenas que permite el Código Penal. Un total de 16 ejecutorias liquidadas en seis años. Al fallo más antiguo, fechado el 18 de octubre de 2018, se le acumulan otras 15.

En el Juzgado Penal 2 de Ourense, en donde en enero de 2020 se le hizo la liquidación final por ser el último lugar en donde fue acusado por una ordenación del territorio, tiene pendiente hoy un último fleco: la vista para enjuiciar la ramificación local de la trama de las facturas falsas que, según parece, está dispuesto a asumir. Su estrategia procesal, tras ser arrestado en Portugal en junio de 2018 tras la fuga de dos años que protagonizó, siempre es la misma: colabora con el ministerio fiscal en busca de las penas en su tramo más bajo y en la refundición apenas lo nota.

En la causa aún pendiente, el ministerio público asegura que el empresario vigués y Martín Díaz Dablanca, administrador único del grupo Dabalpo, se pusieron de acuerdo entre 2009 y 2011 para delinquir con facturas falsas por servicios no realizados o por negocios jurídicos inexistentes, relacionados con el abastecimiento de madera para pilares de obra. Según añade, el propósito era “aminorar fraudulentamente la base imponible del Impuesto de Sociedades y del IVA”.

La refundición

El abogado de Costas Estévez ya había anunciado en  Ourense, cuando en abril de 2019 se enjuició el asunto por la construcción ilegal de un expositor en San Cristovo de Cea, que pediría los beneficios previstos el artículo 76.1 del Código Penal.  En virtud de este precepto, según explican fuentes judiciales, “el máximo de cumplimiento efectivo de la condena del culpable no podrá exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas que haya incurrido -dos años fue la más grave impuesta al vigués en este caso-, declarando extinguidas las que procedan desde las que ya impuestas cubran dicho máximo”. Esta limitación se aplica aunque las penas se hayan impuesto en distintos procesos si los hechos por su conexión, sobre todo temporal, pudieran haberse enjuiciado en uno solo. Un criterio  incuestionablemente generoso que impide la inclusión en la acumulación de  penas impuestas por hechos cometidos con posterioridad a la primera de las sentencias que abarca la liquidación. Pero no es el caso. 

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