El tribunal le insta a reponer la legalidad en la entrada al recinto, modificada al hacer otro edificio

El juez ordena al Concello dar acceso seguro a un garaje

Un auto del Tribunal de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense ordena al Concello de la ciudad reponer la legalidad en las bajantes de aguas fecales y rampa de acceso a los garajes en el edificio de la calle Valle Inclán número 7, que arrastra un pleito judicial desde el año 2009.
El auto de este Juzgado no es más que el último capítulo, de momento -porque cabe ahora un recurso de apelación al Tribunal Superior de Xustiza-, de un proceso judicial en curso que afecta a la rampa de un garaje que comparten dos edificios contiguos y que incumple la legalidad en la anchura y pendiente; y a unas bajantes de aguas fecales modificadas cuando se construyó el nuevo inmueble.

El abogado de los demandantes, Alfredo Bermúdez, ha precisado que el caso está ahora en manos del Concello, que debe cumplir el auto judicial y reponer la legalidad para garantizar el acceso seguro de los vehículos a los garajes.

El pleito se inició en 2009 cuando varios propietarios recurrieron contra el archivo, por el Concello, de un expediente de disciplina urbanística sobre las bajantes de aguas fecales y la rampa, en el mencionado edificio de Valle Inclán. Posteriormente, una sentencia del Tribunal Superior, instancia a la que recurrieron los demandantes, ordenaba al Concello la reposición de la legalidad urbanística o a demoler las obras ilegales, aunque ello afectase al número de plazas de estacionamiento. El Concello presentó un incidente de inejecución de sentencia, alegando que resulta 'material y físicamente imposible' que la rampa de acceso cumpla los tres metros de ancho legales porque hay pilares que lo impiden, y reducirlo amenazaría la estructura del edificio. Sólo admitió la ampliación de algunas partes de la rampa, previas obras de picado de las paredes.

Pero el juez es tajante: ordena al Concello que haga las obras pertinentes para que la anchura de la rampa llegue a los tres metros, aunque admite que puede haber limitaciones para garantizar la estructura del inmueble. Pero sí manda ordenar las pendientes y garantizar el radio mínimo de giro . Sobre las bajantes de aguas fecales, manda legalizarlas y, si ya lo están, hacerlo constar debidamente. Si no pudieran legalizarse, 'ordenar, sin más, la reposición de la instalación'.

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